Se encuentra acordado el aumento salarial correspondiente a Empleados de Comercio “Rama Cerealera”, por el período julio 2012 - junio 2013.
Sin perjuicio de la fecha de celebración del Acta Acuerdo, la misma y conjuntamente con las respectivas escalas salariales, fueron suscriptas por FAECyS el día 1° de noviembre del corriente año.
Quienes hubieran abonado los aumentos vigentes hasta el 30 de junio del corriente año con carácter remunerativo, sólo deberán abonar el aumento que corresponde según planilla, quienes lo hubieren hecho con carácter no remunerativo y dado que se ha pactado que el traspaso a sueldo de las sumas no puede significar disminución del salario a percibir, deberán adicionar el importe de la columna “Dif. Por Incorpora Asig. No Rem”.
De igual forma deberán actuar quienes liquiden el aumento del 15% por el período julio noviembre con carácter no remunerativo.
Detalles del acuerdo
Las partes pactan incrementar en un 24 %, no acumulativo, las escalas salariales para el personal cerealero comprendido en el CCT 130/75, según planillas salariales anexas al presente, que forman un todo con el mismo.
Los incrementos salariales básicos de convenio, se abonaran en forma no acumulativa, de la siguiente manera:
a) Un 15% a partir del mes de julio de 2012
b) Un 9% a partir del mes de noviembre de 2012.
Se adjunta el Acta Acuerdo y las escalas salariales respectivas.
-Acta Acuerdo
-Remuneraciones para el Personal Cerealero - Hasta 25.000 toneladas
-Remuneraciones para el Personal Cerealero - Desde 25.001 Hasta 75.000 toneladas
-Remuneraciones para el Personal Cerealero - Más de 75.000 toneladas
http://www.ignacioonline.com.ar/2012/11/Acuerdo-Empleados-de-Comercio-Rama-Acopio-Julio-2012-Junio-2013.html
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