domingo, 18 de noviembre de 2012

Habrá 17 feriados y 7 Fines de semana largos en el 2013


EL CALENDARIO DE FERIADOS DE 2013, PUBLICADO EN LA PÁGINA WEB DEL MINISTERIO DEL INTERIOR, CONTEMPLA SIETE FINES DE SEMANA LARGOS, DE LOS CUALES DOS SERÁN DE CUATRO DÍAS Y UNO DE CINCO, LO QUE PERMITIRÁ EN EL PAÍS EXTENDER EL MOVIMIENTO TURÍSTICO A LO LARGO DE TODO EL AÑO.

De acuerdo al detalle informado por el Ministerio del Interior en su sitio web, el año próximo los feriados serán 17.

Entre los inamovibles están el 1° de enero (martes), 11 y 12 de febrero (lunes y martes; Carnaval), 24 de marzo (domingo; Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia), 29 de marzo (Viernes Santo) y 1 de abril (lunes; feriado puente turístico).

En ese grupo también se incluyen el 2 de abril (martes; Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas), 1° de mayo (miércoles; Día del Trabajador), 25 de mayo (sábado; Día de la Revolución de Mayo), 20 de junio (jueves; Día Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano), 21 de junio (viernes; feriado puente turístico), 9 de julio (martes; Día de la Independencia), 8 de diciembre (domingo; Inmaculada Concepción de María) y 25 de diciembre (miércoles; Navidad).

En cuanto a los feriados trasladables se encuentran el 17 de agosto, por la muerte del general José de San Martín; que pasa al lunes 19; el 12 de octubre, por el Día del Respeto a la Diversidad Cultural, que se traslada al lunes 24; y el 20 de noviembre, Día de la Soberanía Nacional; que pasa al lunes 25 de ese mismo mes.

 a) 
Ley Nº 26.199 dictada en conmemoración del genocidio sufrido por el pueblo armenio. Los empleados y funcionarios de organismos públicos y los alumnos de origen armenio quedan autorizados a disponer libremente de los días 24 de abril de todos los años para poder asistir y participar de las actividades que se realicen en conmemoración de la tragedia que afectó a su comunidad. Se Invíta a los gobiernos provinciales a adherir a las disposiciones de la presente ley.


 (b) Sólo para habitantes que profesen la Religión Judía. Dispuesto por el Decreto 1584/2010.
*Los dos primeros días de Pesaj (Pascua) comienzan el día 6 de abril a las 18,20 horas y finaliza el 8 de abril a las 19,20 horas.
Los dos últimos días de Pesaj (Pascua) comienzan el día 12 de abril a las 18,15 horas y finaliza el 14 de abril a las 19,15 horas.
**Los dos días de Rosh Hashana (Año Nuevo) comienzan el día 16 de septiembre a las 18,15 horas y finalizan el día 18 de septiembre a las 19,15 horas.

***El día de Iom Kipur (Día del Perdón) comienza el día 25 de septiembre a las 18,30 horas y finaliza el día 26 de septiembre a las 19,30 horas.
(c) Sólo para los habitantes que profesen la Religión Islámica. Dispuesto por el Decreto 1584/2010

(#) Fechas aproximadas. Se rigen por el calendario lunar.


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