jueves, 31 de mayo de 2012

Empleados de comercio: Como ingresar el adicional de $100 para afiliados y no afiliados a OSECAC


Formas de ingresar del aporte extraordinario de $100, previsto en en nuevo acuerdo mayo 2012 de Empelados de Comercio. Tanto para empleados que aporten a OSECAC como para quienes aporten a otra obra social
El nuevo acuerdo de incremento salarial para empleados de comercio del 24 de mayo de 2012, establece en su artículo sexto un aporte por única vez de $100 con destino a la obra social de comercio OSECAC:


Decimocuarta: Con el objeto de garantizar el normal funcionamiento del sistema solidario de salud que brinda a los empleados de comercio OSECAC, y enmarcado en la vigente emergencia sanitaria que fuera oportunamente dictada por el Poder Legislativo Nacional y que involucra a toda la cobertura médica asistencial, se conviene un aporte a cargo exclusivamente de los trabajadores mercantiles encuadrados en el Convenio Colectivo 130/75 y beneficiados con el presente acuerdo. El referido aporte efectuado por el trabajador a la Obra Social de los Empleados de Comercio y Actividades Civiles, será de $ 100.- (cien pesos). Dicha suma será retenida del monto a percibir por cada trabajador de la suma no remunerativa acordada en el artículo Primero del presente por el mes de mayo y depositada a la orden de OSECAC. En razón de su finalidad, en ningún caso la mencionada obligación de pago por dicho aporte podrá ser trasladada en forma directa o indirecta al empleador.


Al igual que en los acuerdos anteriores, donde se establecieron aportes de 30 y 100 pesos con destino a OSECAC, existen dos formas de ingresar el pago:


La primera, que es la que informa la Obra Social en su página web, es mediante el aplicativo  "SICOSS," o en "Su Declaración" online según el caso, para lo cual debemos ingresar a la solapa "Obra Social y LRT" y cargar los $100 en la celda de "Aporte Adicional" como se ve en el cuadro:


SICCOS:




Su declaración  online




¿Que sucede con quienes optaron por otra obra social distinta a OSECAC?
Ahora, el problema que se plantea es si en el caso de empleados que aportan a otra obra social  deben realizar el aporte a OSECAC de todos modos, y en caso de que así sea, cómo realizamos el aporte, ya que resulta imposible realizar el aporte mediante el SICOSS, porque el aplicativo no permite destinar estos $ 100.- a una obra social distinta a la que se le hacen los aportes y contribuciones al empleado.


Respecto a la primera pregunta, que plantea que el aporte lo deben hacer todos los empleados, indistintamente de la obra obra social a la que aporten, mi punto de vista es que no corresponde, por mas que esa sea la intención del acuerdo.


Pero no es es la intención de este artículo profundizar en esa cuestión,  paso explicar como ingresar los $100, para quienes aportan a una obra social distinta a OSECAC:


Para realizar el aporte, en este caso debemos utilizar otra forma de ingreso, que es la misma que se utilizó con los 30 pesos del acuerdo 2009, los $50 del 2010 y los $100 del 2011 y que es, para quienes no lo recuerdan o no liquidaban en aquella oportunidad, mediante la utilización del  FORMULARIO 120/A de AFIP.


En dicho formulario se deberán completar el:
CUIT de la empresa.
Código de la Obra Social: 126205 (OSECAC)
Luego en el rubro 1 que corresponde a obligaciones desde 07/1994 se deberán marcar:
302: Aporte de Obra Social.
019: DDJJ 
019: DDJJ
El importe a ingresar surge de multiplicar los $100 por la cantidad de trabajadores beneficiados con el nuevo acuerdo de junio para empleados de comercio bajo el CCT 130/75. Ya que se puede utilizar para quienes estén afiliados a OSECAC como para quienes hayan optado por otra obra social.



FUENTE: http://ignacioonline.blogspot.com.ar/2012/05/empleados-de-comercio-como-ingresar-el.html

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