jueves, 7 de febrero de 2013
Las vacaciones y los feriados de Carnaval
QUIENES COMIENCEN LAS VACACIONES LA PRÓXIMA SEMANA, GOZARÁN DE 2 DÍAS EXTRAS DE DESCANSO, YA QUE EL LUNES 11 Y MARTES 12 SON FERIADOS NACIONALES POR CARNAVAL.
Quienes comiencen sus vacaciones tendrán 2 días más de descanso, ya que el lunes 11 y martes 12 próximos son Feriados Nacionales, por lo tanto, quienes comiencen sus vacaciones en esa semana, comenzarán a contar los días de la licencia desde el miércoles.
Esto es así, ya que según que lo establecido en el artículo 151 de la Ley de Contrato de Trabajo:
"...la licencia anual por vacaciones comenzará en día lunes o el siguiente hábil si aquél fuese feriado. Tratándose de trabajadores que presten servicios en días inhábiles, las vacaciones deberán comenzar al día siguiente a aquél en que el trabajador gozare del descanso semanal o el subsiguiente hábil si aquél fuese feriado. Para gozar de este beneficio no se requerirá antigüedad mínima en el empleo..."
Ahora bien,el 20 de febrero, también es feriado, en este caso por única vez en conmemoración por la batalla de de Salta, pero este feriado no se suma a las vacaciones.
Por lo tanto, quienes comiencen las vacaciones la próxima semana, gozarán de 2 días extras de descanso:
- quienes gocen de 14 días de vacaciones, se reintegran el miércoles 27 de febrero.
- quienes de goce de 21 días de vacaciones, se reintegran el miércoles 6 de marzo.
- quienes de goce de 28 días de vacaciones, se reintegran el miércoles 13 de marzo.
- quienes de goce de 35 días de vacaciones, se reintegran el miércoles 20 de marzo.
La misma situación se presentará la primer semana de abril, ya que el martes 2 de abril es el Feriado por el Veterano y caídos en Malvinas, y el lunes 1º feriado puente turístico. (ver calendarios de feriados y días no laborables)
Por último, se debe tener en cuenta que las vacaciones, excepto que el convenio de trabajo indique otro cosa, se cuentan por días corridos. Por lo que, en el caso de que el día feriado fuese durante las vacaciones (no ha inicio), ese día se contará como un día más. Tal fue el caso del pasado feriado del 31 de enero.
http://www.ignacioonline.com.ar/2013/02/Las-vacaciones-y-los-feriados-de-Carnaval.html
Publicado por
juan
en
4:39
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Etiquetas:
legislacion
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