martes, 5 de marzo de 2013
El Senador López presentó Proyecto de Ley que protege y amplía derechos de la "Familia Trabajadora"
Plantea entre otras cosas, permisos especiales para la pareja o cónyuge en casos de embarazo de alto riesgo, ampliación de los descansos por lactancia a dos por día, e indemnización agravada en caso de despido de la mujer trabajadora o de su cónyuge por razones de nacimiento o adopción.
El parlamentario nacional, Osvaldo López del Bloque Nuevo Encuentro, presentó este lunes un proyecto que modifica la Ley de Contrato de Trabajo, en materia de “licencias especiales”, estableciendo un régimen integral de “protección de la familia trabajadora”.
En los fundamentos del proyecto se contempla como “imprescindible garantizar los actuales 90 días (45 antes y 45 después del parto) a la mujer que ha transitado el parto”. Sin embargo se plantea “ampliar las actuales licencias por maternidad post parto y por paternidad, contemplando a la vez todas las hipótesis posibles a la luz de reformas en materia de matrimonio igualitario, identidad de género y Código Civil que puedan surgir”.
En este sentido, el proyecto impulsado por el legislador fueguino, remarca como objetivo el de “posibilitar que ambos progenitores asuman responsabilidades en el ámbito de la vida pública, sin discriminación de género”.
Por otra parte, sostiene que, “sobre la base de los principios de igualdad corresponde equiparar plenamente los derechos de los trabajadores y de las trabajadoras”, por cuya razón expresa la necesidad de “transformar las actuales licencias por maternidad y por paternidad y ampliar el plexo protectorio a la familia como concepto y como sujeto, en todos sus nuevos y diversos modelos”.
La propuesta recepta las novedades contemporáneas del matrimonio igualitario y del esquema que en materia de filiación plantea el proyecto de nuevo Código Unificado de Derecho Privado, ampliando e igualando derechos en la perspectiva de la igualdad de género”, destaca el Senador López en los Fundamentos del Proyecto.
Asimismo, la propuesta prevé los “descansos diarios por lactancia” a razón de dos descansos de una hora y por un período de hasta dos años desde el nacimiento.
La iniciativa del Senador López, también legisla sobre los embarazos de alto riesgo, ampliando las licencias anteriores al parto por el tiempo que los profesionales de la salud lo recomienden, tanto a la embarazada como a su cónyuge o pareja en caso que sea necesario para el cuidado de su compañera. En este contexto, el proyecto garantiza además que la trabajadora mujer cuyo embarazo se interrumpe por aborto, tendrá derecho a una licencia especial de treinta días; y si se trata de una interrupción de embarazo posterior a la vigésimo segunda semana de gestación, la trabajadora tendrá derecho a optar por extender esta licencia hasta cuarenta y cinco días, mientras que su cónyuge o pareja gozará de una licencia especial de 10 días para asistirla.
Asimismo, el proyecto prevé resguardar a los trabajadores, prohibiendo los intentos de despedidos durante el tiempo del embarazo, ampliando ese derecho a la pareja o cónyuge de la embarazada.
Vale agregar que el Proyecto, legitima en todos los casos el derecho a una licencia con percepción íntegra de haberes, resguardando la fuente laboral y los cuidados propios de una etapa tan importante de la vida como es la incorporación de un hijo a la familia, sea por nacimiento o por adopción, sin distinción de género y sin distinción entre las parejas según sean matrimonio o unión convivencial.
PUNTOS DESTACADOS DEL PROYECTO DE LEY:
Licencia por cuidado del hijo/a hasta 180 días:
- Si se trata de trabajadora sola le corresponden 180 días de licencia.
- Si se trata de un matrimonio o unión convivencial, el derecho corresponde a la pareja, la cual acuerda el usufructo conjunto, alternado o sucesivo de los días de licencia.
- En caso de adopción el plazo de la licencia comienza a correr el día en que se otorga la guarda.
Permisos:
- Cada adoptante tiene derecho a retirarse del lugar de trabajo para realizar trámites de la adopción durante el primer año hasta dos 2 días al mes, no acumulativos; y hasta doce 12 días en el año.
Licencia Prenatal:
- Se otorgan 10 días para la pareja de la mujer embarazada manteniendo los 45 días de ésta.
Licencia por aborto y/o embarazo de alto riesgo:
- Amplía el derecho a la licencia a él/la trabajador/a cónyuge o pareja de la embarazada si el profesional de la salud lo considera necesario para acompañarla y/o asistirla a condición de que no supere las 10 horas semanales con goce de haberes incluidos.
Descanso para amamantamiento:
- Promueve dos descansos de 1 hora (cada uno) para amantar durante dos años.
Prohibición de despido:
- La prohibición del despido por causa de nacimiento o adopción de hijo/a protege a la pareja, sea que se trate de matrimonio o unión convivencial.
Fuente: Prensa Senador Osvaldo López
http://www.gremialesdelsur.com.ar/noticias/val/9470-5/el-senador-l%C3%B3pez-present%C3%B3-proyecto-de-ley-que-protege-y-ampl%C3%ADa-derechos-de-la-familia-trabajadora.html
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