Las negociaciones paritarias de varios gremios importantes están por comenzar. En este escenario, la Cámara baja retomará el debate de una iniciativa que, de aprobarse, impactará negativamente en los costos empresariales. Qué dijo la Justicia sobre este tema. Opinan especialistas
Por Sebastian Albornos
Los empleados están preocupados porque las negociaciones paritarias vienen demoradas y a pesar de que el Gobierno aplicó el congelamiento de precios, igualmente advierten que sus sueldos les alcanzan cada vez menos.
Del otro lado, los empresarios también aguardan a que se definan los acuerdos salariales para saber qué porcentaje de incremento deberán otorgar, si tendrá efecto retroactivo y calcular cómo, en definitiva incidirá en sus costos laborales.
En este contexto, el Gobierno espera que la media no supere el 25% de aumento.
Para tratar de satisfacer a ambas partes, ganan lugar las sumas no remunerativas mensuales que pueden otorgarse para beneficiar el bolsillo de los trabajadores. Desde el 2001, para paliar la crisis, este rubro se encuentra instalado en la dinámica de la negociación colectiva.
Sin embargo, la inflación no da tregua y los gremios quieren ir por más mientras las cámaras empresariales también evalúan hasta dónde pueden llegar sin que esto comprometa sensiblemente su rentabilidad.
Esta historia, que se repite año tras año, suele ser más conflictiva para ciertos rubros. Y en muchas ocasiones, la solución para cerrar las negociaciones fueron las denominadas "sumas no remunerativas mensuales".
No obstante, la "respuesta" al problema de hoy puede aparejar inconvenientes futuros. Es que existen varios fallos que reafirman el gran pasivo contingente que enfrentan los empleadores que necesariamente pagan estos conceptos. En diversas oportunidades, la Justicia incluyó estas sumas que los trabajadores percibían mes a mes en la determinación del resarcimiento por despido.
Así las cosas, el diputado oficialista y ex asesor de la Confederación General del Trabajo (CGT), Héctor Recalde, decidió que es el momento adecuado para insistir con un proyecto que propone que las sumas no remunerativas que se pactan en los convenios se incorporen al salario luego de seis meses.
La ocasión para debatir la iniciativa será justamente este miércoles en la comisión de Legislación del Trabajo que él preside.
Remunerativo vs. no remunerativo
Toda suma que integra el salario puede o no tener carácter remunerativo.
Es remunerativa cuando está sujeta al pago de aportes y de obra social. Se tiene en cuenta, por ejemplo, para determinar el monto de una indemnización por despido, un accidente de trabajo o para el cálculo del haber jubilatorio.
En cambio, tiene carácter no remunerativo, cuando no está sujeta a descuentos (por ejemplo, las asignaciones familiares).
En otras palabras, si la suma fija estipulada pasa a formar parte del salario, ésta tendría incidencia directa en el pago de cargas sociales y también en el cálculo de vacaciones, aguinaldo u horas extras, según sea el caso.
Los abogados de empresas consultados por iProfesional advirtieron que, de aprobarse, el impacto en las compañías será significativo.
En primer lugar, señalaron que si bien la medida propuesta no reviste el carácter de retroactiva, advirtieron de un aumento cercano al 50% en los costos laborales, compuesto en un 25% por el incremento en cargas sociales y otro tanto por el "grossing-up" salarial que persigue el proyecto de Recalde.
Qué dice la iniciativa
La propuesta parlamentaria estuvo en el centro de la escena en 2011, cuando Recalde y el senador radical Eugenio "Nito" Artaza se pusieron de acuerdo para presentar un proyecto común en ambas cámaras del Congreso.
Esta iniciativa tuvo media sanción en la Cámara alta, pero no se pudo tratar en Diputados por lo que perdió estado parlamentario.
Por ahora, la comisión de Legislación del Trabajo buscará emitir dictamen favorable a una propuesta que estipula lo siguiente:
"En la primera ronda de negociaciones colectivas que se desarrolle a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, las sumas que con carácter no remunerativo fueran pactadas a favor de los trabajadores en convenios colectivos y acuerdos con fuerza de tales solo podrán mantener tal carácter por el término de seis (6) meses, convirtiéndose en remuneratorias a partir del mes subsiguiente, en cuyo caso serán incrementadas en un monto equivalente al que corresponda en concepto de aportes a cargo del trabajador previstos por la legislación nacional con destino a los distintos subsistemas de Seguridad Social".
Luego deberá ser remitido a la comisión de Presupuesto y Hacienda para que emita su opinión. Si obtuviera resultado favorable, podría llegar al recinto y todo hace prever que este año se va a tratar en el plenario de la Cámara baja.
En sus fundamentos, Recalde advirtió que "en tanto las sumas se mantienen como "no remuneratorias" se afectan recursos de la seguridad social y que los resultados que, en lo inmediato, se derivan al poder adquisitivo podrían también traducirse en eventuales perjuicios a los trabajadores próximos a obtener un beneficio previsional en cuanto al haber a percibir se refiere".
Luego señaló que "no puede escapar, además, la consideración del actual contexto de la crisis internacional y los efectos que ésta puede proyectar en la Argentina".
Para el ex asesor de la CGT, el proyecto busca establecer un límite temporal al carácter "no remuneratorio" que los actores que negocian -en el marco de su autonomía- le otorguen a eventuales incrementos como forma de promover el paulatino abandono de dicha práctica.
Voces
Según las estimaciones realizadas por Hector Alejandro García, socio del estudio García, Pérez Boiani & Asociados, las pequeñas y medianas empresas recurren a este tipo de subas no contributivas por la "impotencia que tienen para soportar el impacto fiscal de sumarle un 50% a cada peso de incremento de las remuneraciones que se otorguen".
En tanto, Marcelo G. Aquino, abogado de Baker & McKenzie, criticó el proyecto porque "se olvida o desconoce que la negociación colectiva es una herramienta para lograr o mantener un equilibrio en las relaciones laborales, ya que entra donde la ley no puede o no quiere. Por ello, debe respetarse la libertad de los actores sociales no condicionando sus aspectos por razones ajenas a la realidad."
Por su parte, Marcelo Dinocco, socio de PricewaterhouseCoopers, explicó que "para los empleadores representará un sobrecosto dado que las sumas no remunerativas en discusión constituyen, luego, la base de cálculo de distintos institutos laborales como las indemnizaciones, los aportes y las contribuciones."
Según, Esteban Carcavallo, abogado del estudio Severgnini, Robiola, Grinberg & Tombeur "el carácter no remunerativo fue limitado en sus efectos y alcances al disponerse tributos sólo con destino a las obras sociales sindicales que participaban en las respectivas negociaciones. Esto parece haber desnaturalizado el rubro lo que sumado a su generalización hacían prever que vendría alguna limitación, no ya por vía legislativa, sino de la judicial".
De esta manera, Carcavallo destacó que las sumas no remunerativas "son endebles frente a futuras y eventuales impugnaciones de parte de un trabajador aun cuando, en el marco de la tratativa salarial, pudiera haber resultado útil y necesaria su adopción para alcanzar el acuerdo".
En ese sentido, García señaló que no comparte "que se pacten aumentos con montos no remunerativos porque, de ese modo, se desfinancia la seguridad social".
Las sumas no remunerativas, en algunos casos por períodos prolongados, "si bien favorecen a los trabajadores por el natural incremento inmediato de su ingreso tiene su contrapartida perjudicial a futuro respecto de la cuantía de la jubilación ordinaria. Esto es así dado que la remuneración base para calcular el futuro beneficio jubilatorio no incluirá las sumas por las cuales no se tributen aportes previsionales", explicó Dinocco.
De acuerdo con la visión de este especialista, el proyecto "corregiría esta falencia aunque no por completo ya que por los primeros seis meses se mantendrá la naturaleza no remunerativa de las asignaciones otorgadas".
En tanto, Daniel Orlansky, socio del estudio Baker & Mckenzie, planteó que "si se parte de la base de que no se pueden dar aumentos no remunerativos por decreto, es lógico que tampoco se puedan otorgar por convenios colectivos".
Orlansky consideró que, en la actual situación y tomando en cuenta los precedentes de la Corte, "es un error de los sindicatos, de las cámaras empresariales y del Ministerio de Trabajo avalar este tipo de subas salariales".
"Son una bomba de tiempo para los reclamos. Sólo los evitan en el corto plazo", concluyó.
http://www.iprofesional.com/notas/160644-Diputados-impulsa-polmica-ley-que-pone-lmite-a-las-empresas-que-otorgan-sumas-no-remunerativas
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