viernes, 31 de agosto de 2012

RIO GALLEGOS: El gremio de Comercio mostró su preocupación por informalidad en el sector


“EN ALGUNOS COMERCIOS DE LA CIUDAD DE RÍO GALLEGOS EXISTE LA INFORMALIDAD”, FUERON LAS PALABRAS DEL SECRETARIO GENERAL DEL SINDICATO DE EMPLEADOS DE COMERCIO, CLAUDIO SILVA.

Reseñó que “sólo hay dos inspectores” para que realicen los relevamientos en los negocios, señalando que tal competencia corresponde a la sede del Ministerio de Trabajo de Nación.

Silva expresó que “hay trabajo en negro, sobre todo en la pequeña empresa, por ejemplo los lavaderos de autos, kioscos, aquellos que se encuentran ubicados en el centro y también en barrios; empresa de servicios de limpieza”, agregando que las panaderías también son otro punto donde el mismo gremio encontró trabajadores que cayeron en la informalidad.

“La informalidad es cuando el trabajador no está registrado, es decir no esta blanqueado” explicó Silva, señalando que por ende el empleado pierde todos los beneficios que por ley debe tener, por ejemplo aportes para jubilación, obra social, vacaciones, aseguradora de riesgo de trabajo, entre otros. 
Inspecciones
El Secretario General del gremio expresó que las inspecciones se realizan desde el Ministerio de Trabajo, aunque remarcó que con sólo dos inspectores es difícil ejecutar el contralor necesario a fin de reducir el riesgo de que otros empleados caigan en la informalidad.
Pero la jurisdicción del Ministerio no sólo incumbe a nuestra ciudad, sino que caso contrario abarca todo el territorio provincial.

De igual manera Silva recalcó que “a pesar de los pocos que son, siempre se los ve trabajando en las calles. Nosotros siempre que hemos pedido controles cumplieron”.

La preocupación en cuanto a la informalidad para los empleados de comercio se puso en discusión nuevamente, desde que la Cámara Argentina de Comercio solicitó que no se sancione la iniciativa que modifica los artículos 204 y 207 de la Ley de Contrato de Trabajo. Llevando a que se deba abonar horas extras para aquellos que trabajan los sábados después de las 13:00.

La entidad fundamentó ante diputados nacionales que “la medida afectará el nivel de empleo y favorecerá la informalidad, cuando el país en su conjunto está realizando enormes esfuerzos para mantener el trabajo decente”.

Además de convertirse en ley, la CAC sostiene que “se iría a contramano del objetivo de fomentar el turismo que impulsa el Poder Ejecutivo a través de la implementación de feriados puente para favorecer la actividad los fines de semana en distintas regiones del país, al aumentar los costos y quitar competitividad al sector”.

Finalmente, desde el Sindicato de Empleados de Comercio precisaron que aquellos trabajadores que se encuentren con algún tipo de irregularidad se acerquen al sindicato, expongan su situación y de esa manera “nosotros hacemos la denuncia”, expresó Silva. “No es lo mismo que el propio trabajador reclame por esa irregularidad a que desde el gremio se haga la correspondiente denuncia”, indicó. 

TiempoSur intentó a lo largo de la jornada de ayer dialogar con los referentes del Ministerio de Trabajo de Nación -sede Río Gallegos- para conocer más datos acerca de dicha problemáticas, pero no obtuvimos repuestas.  

http://ignacioonline.blogspot.com.ar/2012/08/el-gremio-de-comercio-mostro-su.html

Paro en Diarco de Tierra del Fuego


El Sindicato de Trabajadores del Comercio (SITRACOM-CTA) de Tierra del Fuego inició este miércoles un paro total de actividades en la sucursal que la cadena mayorista Diarco posee en la ciudad patagónica de Río Grande. La medida de fuerza se dio en respuesta al despido de una trabajadora que junto a sus compañeros venían peticionando mejores condiciones de trabajo. El compañero Wenceslao Benitez secretario general de Sitracom-CTA anunció que profundizarán las medidas de fuerza si la patronal no abre una instancia de diálogo con el sindicato. Diarco, una empresa fiel a la costumbre de las patronales supermercadistas que no respeta el convenio colectivo, en términos de salario y condiciones de higiene y salubridad. El conflicto se inicia a partir de la precarización laboral, "Diarco nos paga el 50% del plus por zona desfavorable porque se considera una pyme, las horas extras de los sábados a partir de las 13Hs. las empieza a pagar desde las 15Hs, tenemos trabajar 9 horas y media porque hay que devolver el tiempo de descanso y almuerzo, que también es otro tema porque para el desayuno o merienda nos dan solamente agua caliente y la comida son fiambres de la merma y trabajamos con 10 grados bajo cero, necesitamos buena alimentación" expreso uno de los trabajadores y sostuvo que "cuando fuimos a plantearle esto al subgerente Fabian Millache nos dijo que no puede hacer nada que esto depende de Buenos Aires, de su superiora Patricia Malito". Wenceslao Benítez, confirmó las denuncias realizadas por los trabajadores y les sumó otras, como irregularidades en el pago de la zona desfavorable. Además dijo que a la trabajadora despedida, supuestamente el personal de seguridad le encontró “dos tabletas de chicle” que habría sustraído del comercio, pero rechazó esa acusación. Los controles ilegales a los que las empresas supermercadistas someten al personal son vejámenes. Las mujeres deben subirse el abrigo y mostrarles el vientre para comprobar que no se están robando nada, mientras le revuelven la cartera, en el caso de Diarco Rio Grande esta tarea la lleva a cabo el personal masculino de vigilancia todo a la vista de los clientes porque la empresa tampoco destina un espacio exclusivo para esto. Tanto los trabajadores de Diarco como SITRACOM-CTA decidieron continuar con el piquete hasta que la empresa inicie una instancia de diálogo, en ese sentido la cartera laboral citó a las partes a una audiencia para este viernes a las 15 Hs. Este tipo de medidas iniciadas y sostenidas desde las bases es un fenómeno que viene cobrando fuerza en distintos puntos del país; aunque la protección para aquellos trabajadores que toman la determinación soberana de hacer uso de la libertad sindical para organizarse en defensa de sus intereses y luego disponer de la democracia sindical para decidir en que sindicato se encuadran sea una materia pendiente en la política de estado del país que queremos y debemos construir entre todos, los compañeros de SITRACOM ya lo vienen haciendo en cada lugar de trabajo donde están presentes.

http://empleadosdecomerciocta.blogspot.com.ar/

jueves, 30 de agosto de 2012

Día del gremio: empleados de comercio de Luján acuerdan con grandes firmas


Desde el Centro de Empleados de Comercio de Luján informaron que se selló un acta en la Secretaría de Trabajo para que las principales empresas no tengan actividad comercial el próximo 26 de septiembre. El año pasado hubo conflicto con los negocios del centro de la ciudad.

El año pasado, en medio de denuncias de aprietes y extorsiones, se vivió un conflictivo Día del Empleado de Comercio. Por eso, esta vez, el CEC de Luján firmó un acta acuerdo con las principales firmas de la ciudad "en donde se obligan a cerrar sus puertas y no habrá actividad comercial" el próximo 26 de septiembre, anunciaron. Aunque este convenio no alcanza a los negocios de la zona céntrica.

Según informó el Centro de Empleados de Comercio, a cargo de Sergio Gauna, el lunes se llegó a un acuerdo que fue validado en la Secretaría de Trabajo. Allí, firmaron el acta las empresas Carrefour, Walmart, Jumbo (supermercado Vea), Día Argentina, Autoservicio Luján Longobardi, Bringeri Hogar, Electrónica Megatone (Musimundo), Lombardi y la sección de artículos para el hogar de la Cooperativa Eléctrica. "Todo ello para que el empleado de comercio pueda disfrutar de su día junto a los suyos", afirmaron desde el sindicato.

En el 2011, los pocos negocios de la calle San Martín que decidieron abrir denunciaron "aprietes" por parte del Centro de Empleados de Comercio y otros debieron bajar su persiana poco después de iniciar la jornada "por miedo" a incidentes. Del otro lado, Gauna sostuvo que "muchos empleados nos dijeron que los obligaron a trabajar".

Fuente: El Civismo

http://ignacioonline.blogspot.com.ar/2012/08/dia-del-gremio-empleados-de-comercio-de.html

TODO POR 6 PESOS....


Los últimos datos del INDEC mostraron que en julio una familia tipo (padre, madre y dos hijos) puede alimentarse durante un mes con 688,4 pesos, o sea 6 pesos por persona y por día. Si le alcanza con ese dinero, entonces no se considera indigente. Y si además llega a cubrir alimentos, esparcimiento, viáticos, vestimenta, salud y educación con $1.528,6 mensuales, es decir con $13 por día por cada integrante, ya no es pobre.

Que las canastas no tienen nada que ver con la realidad parece ser un descubrimiento reciente de los medios opositores al gobierno. Por su parte, los medios oficialistas trataron de justificarlas o ningunearlas.

La justificación llegó rápidamente con una promoción de la cadena de supermercados Carrefour, publicitando que con $6,99 diarios se puede comer. Aunque esa promoción, en caso de que haya stock (cosa que casi nunca sucede) está llena de restricciones: corre del 13 al 26 de agosto, no se pueden comprar más de 10 productos de la lista de 36, sólo una unidad por producto, no más de un kilo en caso de verduras y frutas y una sola canasta por familia. “Yo tengo cámaras acá, si ven que te vendo hoy y volvés mañana y te lo vuelvo a vender me retan a mí”, confesó una empleada del supermercado a un periodista de plazademayo.com

Enojada por lo de los “6 pesos por día”, la actual directora del INDEC, Ana María Edwin, acusó a un “presunto periodista que se ha infiltrado en el INDEC a lo largo de toda su vida, de nombre Ismael Bermúdez” del multimedio Clarín, de sacar información para hacer una operación mediática.

En un reportaje de la Agencia Paco Urondo (de línea oficialista) dijo: “Nosotros somos sumamente críticos de esta canasta”, pero no explicó por qué el gobierno la sigue utilizando para medir la pobreza y la indigencia en nuestro país. Agregó que “el INDEC nunca ha difundido ni difundirá que se necesitan seis pesos para que una persona coma por día”.

Con un tinte macartista (trayendo a colación que Bermúdez es hermano de Jorge Altamira, dirigente del Partido Obrero) afirmó sin sonrojarse que el periodista “ha descubierto esto de hacer una división simple para tornar en un hecho mediático lo que el INDEC no dice”.

Subestimando el sentido común, la inteligencia y sobre todo a una realidad que vivimos todos –la del aumento constante de precios -, pretendió poner el eje en el cálculo matemático para cuestionar lo incuestionable y defender lo indefendible.

El equipo de trabajo del Instituto de Pensamiento y Políticas Públicas (IPYPP) que coordina el diputado Claudio Lozano (presidente del bloque Unidad Popular e integrante de la CTA), viene desarrollando mediciones con las cuales estima que la Canasta Básica Alimentaria (CBA) estaría rondando $2.251 mensuales y la Canasta Básica Total (CBT) $4.152, es decir, un 227% y un 172% por encima de las canastas publicadas por el INDEC, respectivamente.

“La metodología utilizada para estas mediciones es tomar la última canasta que había preparado el propio INDEC para medir ambas cosas y actualizarlas no por los precios del INDEC intervenido sino tomando en cuenta aquellas direcciones de estadísticas provinciales que manejan evoluciones de precios que realmente son mucho más creíbles y confiables, sobre todo teniendo en cuenta que estas direcciones y estadísticas provinciales, cuando el INDEC funcionaba de manera normal, tenían una evolución de precios similar al INDEC nacional”, comentó Lozano.

Tomando estas cifras cercanas a la realidad de los que somos consumidores, los pobres en Argentina, que según el gobierno son poco más de 3,3 millones (8,2%), superarían 12 millones (31,5%). Y los que están en la indigencia pasarían de casi 1 millón (2,4 %) de personas a 5 millones (12,8%). O sea, se cuadriplicarían.

Estos datos son aún menores que los que arroja la carrera de Nutrición de la Universidad de Buenos Aires, que ha tomado los componentes de una dieta calórica mínima para establecer los importes de referencia de la canasta de indigencia.

En una entrevista realizada en el programa Los Locos de Buenos aires (FM La Tribu) al diputado por el Frente Amplio Progresista Roy Cortina, comentó que a fines de julio, antes que se conociera el dato del INDEC, realizaron un relevamiento de los precios que componen la canasta básica de alimentos para los jubilados.

Tomaron los alimentos que según el organismo la conforman (50 ítems) los cuales en el sitio del INDEC no tienen precios de referencia en forma individual sino que en conjunto totalizan 180 pesos mensuales. O sea que un jubilado hace sus cuatro comidas diarias con 6 pesos (cifra equivalente al último aumento recibido por los trabajadores pasivos en sus haberes).

"Varias bolsas de pan, papa, 6 litros de leche, 2 paquetes de vainillas, 2 paquetes de fideos, 1 paquete de harina y con eso comería un jubilado en todo el mes", afirmó Cortina.

Constataron los precios en un supermercado de la Ciudad de Buenos Aires, eligiendo la marca más barata y eso arrojó $530. Con los $180 solo llegaban al alimento octavo en la lista.

“Hay un intento de terminar con la pobreza en las estadísticas”, afirmó. Y agregó que este gobierno ha invertido la ecuación de solidaridad de la jubilación pública, de los trabajadores activos con los jubilados. “Los que tienen que ser solidarios son los jubilados pero con los déficits de las cuentas públicas del país a costa que no puedan cobrar jubilaciones dignas”, señaló.

Nada nuevo

Quienes venimos siguiendo los valores CBA y la CBT, con las cuales se mide la indigencia y la pobreza, podemos decir que esto sucede desde que el organismo fue intervenido y se comenzaron a violentar las metodologías que se usan para tomar las muestras de precios que componen esas canastas.

Ninguno de los medios de las “corpos” enemigas del gobierno y menos aún los oficialistas y los públicos-gubernamentales, han recurrido a los trabajadores organizados en ATE-INDEC que vienen denunciando esta situación desde hace muchos años.

Hace 5 años, quien tenía a su cargo el cálculo de la pobreza e indigencia dentro del INDEC, fue desplazada de su tarea. Cynthia Pok era entonces directora de la Encuesta Permanente de Hogares.

En ese momento, los trabajadores del organismo estadístico resolvieron hacer un paro que duró 45 días, para repudiar la medida tomada contra Pok. Hubo en represalia 13 despedidos que finalmente lograron, a través de la lucha de sus compañeros de ATE INDEC, ser reubicados. Ese compromiso fue una de los acuerdos que figuran en tres actas firmadas entre el Ministerio de Economía, la Jefatura de Gabinete, la CTA y ATE. Salvo ese punto, el resto de los acuerdos nunca se cumplió.

Uno de los firmantes de las actas fue el actual Jefe de Gabinete, Juan Manuel Abal Medina, quien el mes pasado, en el Congreso Nacional, interpelado por las diputadas Graciela Iturraspe (Unidad Popular) y Alcira Argumedo (Proyecto Sur) sobre la situación de los trabajadores del INDEC y esas actas dijo: “Córtenla, el INDEC no está intervenido”.

Sin embargo, lo que Abal Medina no pudo explicar fue cuál es la idoneidad profesional, la experiencia en estadísticas o cuáles fueron los concursos públicos ganados por quienes ocupan hoy cargos en el INDEC, como el de la desplazada Cintia Pok.

En un comunicado de 2009 -uno de los tantos dados a conocer por los trabajadores de ATE INDEC– los trabajadores denunciaban la crisis técnica, institucional y laboral del organismo iniciada en enero de 2007 a raíz de la intervención comandada por el secretario de Comercio, Guillermo Moreno. Comenzaron por el área del Índice de Precios al Consumidor (IPC), luego se extendieron a otros programas del Instituto (Pobreza e Indigencia, Estimador Mensual Industrial, PBI, etc.), hasta llegar a ser total.

Se desplazaron directores, profesionales y equipos técnicos y operativos completos que se opusieron a la manipulación estadística, se despidieron a algunos de ellos, el hostigamiento a los trabajadores se tornó permanente, imponiendo rebajas salariales, sumarios y causas judiciales, y múltiples represalias, incluyendo la presencia de una “patota” reclutada para el amedrentamiento de quienes denunciaban la intervención.

Entonces denunciaban la instalación de cámaras filmadoras en pasillos, oficinas y donde se realizan las asambleas del personal, los monitores de las cámaras a disposición de los grupos de choque, los micrófonos, etc.

“Insistimos en que la salida de la crisis institucional del INDEC y la recuperación de las estadísticas públicas dependen de poner fin a la Intervención, a la manipulación de los datos y a la persecución interna de los trabajadores que se oponen a ella”, afirman los trabajadores.

Bonus: Un ejercicio curioso

Sacando cuentas, un cibernauta argentino hizo el siguiente cálculo:

Desayuno $1: un saquito de café $ 0,85 (la caja de 20 saquitos cuesta $17) para usarlo en desayuno y merienda. Costo final $0.425. Una factura $ 1,50 para dividirla en tres partes (para aprovechar en merienda y próximo desayuno) Costo final $ 0,50 = Costo final desayuno: $ 0,925

Almuerzo $2: 1/2 Hamburguesa Paty "finitas" (el paquete por 2 sale $6,50) Costo final: $ 1,625 + 1/2 Salchicha "Panchín" (el paquete por 6 sale $ 4.29) Costo final: $ 0,3575 = Costo final almuerzo: $ 1,9825

Merienda $1: repetir desayuno aprovechando el saquito de la mañana y la tercera parte de la factura. Costo final merienda: $ 0,925

Cena $2: repite almuerzo aprovechando las mitades de la hamburguesa y la salchicha. Costo final cena: $ 1,9825 Bebidas: agua a gusto y nada de pan (está muy caro y engorda)

Su conclusión: el costo final diario de la dieta estaría en $ 5,815, razón por la cual no solamente estaría cuidando mi salud adelgazando un montón, sino que además tendré una capacidad de ahorro diario de $ 0,185 (para derrochar en las vacaciones).

http://anred.org/spip.php?article5318

¿Qué es el Formulario 960/NM – Data Fiscal?


Es un formulario “interactivo” que le permite conocer el comportamiento fiscal de un comercio, al consumidor o público en general. 

El consumidor podrá reportar las irregularidades que detecte en los comercios, por medio de dispositivos móviles de última generación (“smartphones” o similares) con acceso a Internet. 

¿Quiénes deben exhibir el Formulario Nº 960/NM - “Data Fiscal”?
Los contribuyentes y/o responsables que en el ejercicio de su actividad, se encuentran obligados a emitir facturas o documentos equivalentes, deberán exhibir el Formulario Nº 960/NM - “Data Fiscal”, en sus locales de venta, locación o prestación de servicios —incluyendo lugares descubiertos—, salas de espera, oficinas o áreas de recepción y demás ámbitos similares.

La solicitud de emisión del Formulario N° 960/NM se realizará por cada domicilio comercial, el que deberá estar declarado previamente en el Sistema Registral como local o establecimiento, excepto cuando el mismo corresponda al domicilio fiscal.

Las actualizaciones de domicilios deberán realizarse ingresando con “Clave Fiscal” al servicio “Sistema Registral”, opción “Registro Tributario” “F. 420/D - Declaración de Domicilios” tipo de domicilio “Fiscal” o de “Locales o Establecimientos”. 

¿Cómo obtener el Formulario 960/NM?
Deberá ingresar a la página institucional de esta Administración Federal, y acceder al Servicio Web “Formulario 960/NM – DATA FISCAL” por medio de su “Clave Fiscal”, la cual deberá tener como mínimo Nivel de Seguridad 2 o superior.

En caso de no poseer “Clave Fiscal”, la deberá obtener en la Dependencia donde Usted está inscripto. 

¿Qué información contiene el Formulario 960/NM – Data Fiscal?
Posee un link de ingreso a una Página Web que le exhibirá el resultado – en tiempo real – de controles sistémicos, que a título enunciativo se citan a continuación: 


Si posee CUIT activa

Que actividades realiza

Si su domicilio fiscal esta correcto

Su condición frente al IVA o al Monotributo

Si están todas sus DD.JJ de IVA presentadas, de corresponder

Su condición frente al Impuesto a las Ganancias

Si están todas sus DD.JJ de Ganancias presentadas, de corresponder

Si adeuda algún pago de Monotributo

Si presentó la DD.JJ informativa del Monotributo

Usted podrá requerir al Sistema Web antes de imprimir su/s Formulario/s 960/NM – DATA FISCAL -, y conocer el resultado de su propio cumplimiento fiscal. 
¿Cuándo rige la obligación de exhibir el Formulario Nº 960/NM?
La obligación de exhibir el Formulario Nº 960/NM - “Data Fiscal” deberá cumplirse a partir del día del mes de octubre de 2012 que, de acuerdo con la terminación de la Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) del responsable, se fija a continuación: 

Terminación de C.U.I.T Día
0 2 de octubre de 2012, inclusive
1 4 de octubre de 2012, inclusive
2 10 de octubre de 2012, inclusive
3 12 de octubre de 2012, inclusive
4 16 de octubre de 2012, inclusive
5 18 de octubre de 2012, inclusive
6 22 de octubre de 2012, inclusive
7 24 de octubre de 2012, inclusive
8 26 de octubre de 2012, inclusive
9 31 de octubre de 2012, inclusive


¿Dónde deben exhibir los comercios el Formulario 960 N/M – Data Fiscal?

El formulario tiene que ubicarse en un lugar visible y destacado a una distancia máxima de 1 metro a aquel en el que se realice el pago de la operación respectiva, de manera tal que permita capturar el código respuesta rápida (QR) impreso en el mismo. Quienes posean vidriera en el local o establecimiento deberán, además, exhibir dicho formulario contra el vidrio, en un lugar visible para el público desde el exterior del local o establecimiento, pudiendo el mismo ser de una dimensión de hasta tamaño A6.

Quienes posean vidriera en el local o establecimiento deberán, además, exhibir dicho formulario contra el vidrio, en un lugar visible para el público desde el exterior del local o establecimiento, pudiendo el mismo ser de una dimensión de hasta tamaño A6. 

Cuando se utilicen máquinas registradoras -emisoras de tique o vales- o controladores fiscales, autorizadas u homologados, respectivamente, por este Organismo, ubicados en una sola línea, lo dispuesto precedentemente se cumplirá exhibiendo -como mínimo- un Formulario N° 960/NM - “DATA FISCAL” cada TRES (3) máquinas o controladores fiscales instalados. 


¿Qué es un “QR”?

QR, por las siglas en inglés de “Quick Response” o “Respuesta Rápida”, diseñado especialmente para que funcione de manera expedita. Se trata de una matriz de puntos Bidimensional, que además es unívoca, en donde cada contribuyente tendrá un código distinto por cada punto comercial que tenga declarado.


¿Cómo leer un “QR”?

El código “QR “ni siquiera requiere de un lector especial: Una simple cámara de un celular de última generación – o dispositivo similar – con conexión a “Internet”, es capaz de interpretar el código por medio de software gratuito.


Datos del Código de Respuesta Rápida

El Formulario N° 960/NM, tendrá impreso un código de respuesta rápida (QR) que permitirá al público en general mediante el uso de un dispositivo inteligente (“smartphone” o similar) con conexión a “Internet”, acceder a los datos que se indican a continuación:

Está exento en el IVA o Es no alcanzado en el IVA
Tiene presentadas sus DDJJ de IVA o No presentó todas sus DDJJ de IVA
Está por debajo del promedio de IVA que paga el sector económico al que pertenece
Está inscripto en el impuesto a las ganancias o No está inscripto en el impuesto a las ganancias o Está exento en el impuesto a las ganancias
Tiene presentadas sus DDJJ de ganancias o No presentó todas sus DDJJ de ganancias
Es monotributista categoría: ……. obtiene ingresos de hasta $ ……….
Está al día con sus pagos de monotributo o adeuda pagos de monotributo. Último pago de monotributo: Fecha …/…/…. Monto: $...........
Cumplió con la presentación de la DDJJ informativa de monotributo o No presentó su DDJJ informativa de monotributo
Tiene presentadas sus DDJJ como empleador o No presentó todas sus DDJJ como empleador
Declara ……. Empleados en el período mm/aaaa
Está dado de baja en el Registro de Importadores/Exportadores o Está suspendido en el Registro de Importadores/Exportadores
Tuvo …….. clausuras
Integra la base de contribuyentes no confiables
Tuvo fiscalizaciones con ajustes
Tiene causas penales
Tiene juicios de ejecución fiscal en trámite y/o Tiene juicios de ejecución fiscal en trámite paralizados
Está incluido en la Central de Deudores del BCRA
Tiene comprobantes autorizados por AFIP o No tiene comprobantes autorizados por AFIP

Sitios Web que realicen operaciones comerciales

Los sitios “Web” de los contribuyentes y/o responsables que realicen operaciones de venta de cosas muebles, locaciones y prestaciones de obras y/o servicios por cuenta propia y/o de terceros, deberán colocar en un lugar visible de su página principal, el logo “Formulario Nº 960/NM - “Data Fiscal”, con su correspondiente hipervínculo que esta Administración Federal proveerá a tal efecto. El procedimiento a cumplir y las especificaciones técnicas correspondientes, estarán disponibles en este micrositio.
Todo por seis pesos
Con un índice de inflación manipulado por la intervención del INDEC, los datos que componen las canastas básicas con las que se mide el nivel de pobreza e indigencia son irreales. Se ocultan así más de 9 millones de pobres y más de 4 millones de indigentes, es decir, que pasan hambre.

 Por Red Eco Alternativo

SALTA: Feriado trabajado feriado pagado afirma el Sindicato de Comercio


ASÍ LO ASEGURÓ CÉSAR GUERRERO, SECRETARIO GENERAL DEL SINDICATO DE EMPLEADOS DE COMERCIO, QUIEN DIJO QUE EL TRABAJADOR QUE CONCURRE A SU LUGAR UN DÍA FERIADO DEBERÁ SER RETRIBUIDO CON EL PAGO DE UNA DOBLE JORNADA Y EL OTORGAMIENTO DE UN DÍA DE DESCANSO COMPENSATORIO Y RECORDÓ QUE EL 26 DE SEPTIEMBRE ES EL DÍA DEL EMPLEADO DE COMERCIO Y SE TRABAJA EN LA APLICACIÓN DE LA LEY QUE ESTIPULA EL DÍA COMO FERIADO NACIONAL.


Setiembre es un mes cargado de feriados en Salta, provinciales y otros de orden nacional, por lo que Guerrero, secretario General del Sindicato de Empleados de Comercio local, dijo que como estipula la Ley, los empleados que tengan que trabajar ese día deberán recibir como corresponde la jornada doble de acuerdo a la cantidad de horas que trabajen y luego el descanso compensatorio. “Esta es una postura generalizada y tomada ya desde hace un tiempo a esta parte. Nosotros venimos bregando para que esto se cumpla como tiene que ser” aseguró.

En tanto el representante de los empleados de comercio dijo que notó que en los últimos feriados puentes se percibieron muy pocos negocios abiertos ya que en micro centro y alrededores los negocios estuvieron cerrados. “La gente va tomando conciencia de que es un feriado y que también los empleados de comercio deben descansar estos feriados” opinó.

Destacó además que a partir de este año en Salta se buscará, con la homologación de la Secretaria de Trabajo, que el festejo se concrete anualmente el último lunes del mes de septiembre.

Fuente: informatesalta.com.ar

PAGO DOBLE LOS FINES DE SEMANA, UN DERECHO DESDE 1976


El pago de las horas al 100% desde el sábado a partir de las 13 horas es un derecho que ya existe desde 1976, que las empresas no lo respetan, que los sindicatos no reclaman y que hoy frente a un proyecto de ley se intenta instalar la idea de que el pago doble de los fines de semana llegará con la aprobación de una ley que ya existe, como una forma de lavarse la cara frente a semejante complicidad patronal. Para empezar debemos dejar en claro algunos conceptos básicos. Según la Ley de Contrato de Trabajo la jornada laboral debe ser de 8 horas diarias o 44 horas semanales. El empleador tiene la facultad de distribuirlas entre entre las 00:00 horas del día lunes hasta las 13 horas del día sábado. A partir de las 13 horas del día sábado rige la prohibición de ocupar al trabajador. Esta normativa es similar a la prohibición de la venta de bebidas alcohólicas a partir de las 22 horas que existe para los supermercados, o del cierre de los locales nocturnos a partir de las 4 de la madrugada. El empleador que utilice a sus trabajadores después del sábado a las 13 horas debe pagar las horas al 100% en concepto de multa por violar la ley de contrato de trabajo. El articulo 204 establece la “Prohibición de trabajar”. Y dice textualmente: “Queda prohibida la ocupación del trabajador desde las trece (13) horas del día sábado hasta las veinticuatro (24) horas del día siguiente” Muchas veces los trabajadores entienden que las horas del sábado están dentro de las 48 hs semanales por ello no deben pagarse como extras. Aquí es importante remarcarle a los compañeros que lo que deben abonar las empresas es una multa por ocupar al trabajador pasada las 13 hs del sábado, es como un conductor que pasó un semáforo en rojo, aunque iba a la velocidad permitida violo una norma de transito que es lo que hace una empresa al hacer trabajar a su personal por fuera de la jornada permitida. Tanto la empresa como el conductor imprudente deben abonar las multas establecidas por ley. En el caso del trabajo, la ley prevé que si un trabajador labura los sábados después de las 13 horas, se le debe compensar con un franco adicional y esas horas que trabajó abonárselas al 100% aunque en el acumulado semanal estaban dentro de las horas semanales habituales. Esto está previsto en la ley 20.744 reformada por decreto el 13 de mayo de 1976 por la dictadura militar. Si bien se mantuvo la prohibición de ocupar al trabajador desde las trece (13) horas del día sábado hasta las veinticuatro (24) horas del día siguiente, no existían hasta entonces los shopping ni grandes comercios que abrieran los domingos por lo que no se vio la necesidad de modificar este articulo. En la provincia de Buenos Aires el gobernador de facto Ibérico Saint Jean firmó en 1978 un decreto que permitió a los comerciantes abrir los fines de semana por fuera de la jornada permitida y no solo eso, sino que no estaban obligados ni a pagar las horas al 100% ni dar francos compensatorios. En 1991 el ex presidente Carlos Ménem firmó un decreto de Desregulación Económica que en su artículo 18 reprodujo los conceptos del decreto del dictador Saint Jean. En 2006, el diputado Quintana del FPV bonaerense presentó un proyecto de ley para dejar sin efecto el decreto dictatorial de Saint Jean y habilitar a los sindicatos de comercio negociar las condiciones salariales. La ley fue aprobada e incluso en su texto original prohibía que los comercios abrieran los días domingos. El gobernador de ese entonces Felipe Solá vetó ese artículo por los mismos motivos que tuvo que hacerlo el gobernador Capitanich de Chaco porque la regulación de los horarios comerciales es potestad del congreso nacional. La ley entró en vigencia el 19 de enero de 2007, sin embargo ninguna empresa quería cumplir. Hubo paros en algunos hipermercados el 4 de febrero, por eso para evitar nuevos paros anunciados para el 10 de febrero de 2007, la Faecys firmó con las cámaras empresarias que el pago de las horas del domingo se haría al 100%. En ese acuerdo que se conoce como el 245/07 se dice que los trabajadores con jornada de 48 horas semanales pueden optar por tomarse franco dos domingos al mes. En los lugares que cierran los domingos se les abonará las horas al 100% a partir de las 13Hs del sábado. Esto también rige para los trabajadores de comercio que tengan franco fijo los domingos.Este acuerdo viene a ratificar lo la ley 20.744 lo establece en los artículos 201 al 204. Muchas empresas no respetan ni el acuerdo 245/07 ni la LCT, en los shopping no se abona el domingo al 100%, algunos sindicatos hacen medidas para anestesiar el malestar de los afectados pero no proceden por la via judicial lo que haría efectivo el cumplimiento de la legislación vigente. Lo que está a punto de convertirse en ley es la modificación de los artículos 204 y 207 que sumarán algunos beneficios a los ya existentes en esos artículos. En ese sentido, la Comisión de Legislación Laboral de la Cámara de Diputados aprobó con mayoría el proyecto 1217/10 del senador pampeano Carlos Verna, y que ya tenía media sanción en la Cámara de Senadores. La iniciativa sustituye el artículo 204 de la Ley Nº 20.744, Ley de Contrato de Trabajo y sus modificatorias, relacionado a la jornada laboral de sábado y domingo. En las próximas sesiones se convertirá en ley. El proyecto sustitutivo del artículo 204 expresa: "Queda prohibida la ocupación del trabajador desde las trece (13) horas del día sábado hasta las veinticuatro (24) horas del día domingo, salvo los casos de excepción que las leyes o reglamentaciones prevean, en cuyo caso el trabajador gozará de un descanso compensatorio en la semana siguiente, de goce íntegro y continuado entre las trece (13) horas y las veinticuatro (24) horas del día siguiente". Otra modificación propuesta es sobre al artículo 207, de la mencionada normativa que rige para el trabajador, y cuyo nuevo texto sostiene: "Cuando el trabajador prestare servicios entre las trece (13) horas del día sábado y las veinticuatro (24) horas del día domingo, medie o no autorización, sea por las circunstancias previstas en el artículo 203 o por estar comprendido en las excepciones que con carácter permanente o transitorio se dicten, el empleador estará obligado a abonar el salario habitual con el cien por ciento (100%) de recargo, sin perjuicio de su obligación de otorgar franco compensatorio. El empleador estará obligado a otorgar el franco compensatorio en la semana siguiente, con las modalidades dispuestas en el artículo 204. Su misión será sancionada de conformidad con lo dispuesto por el Art. 3 del Anexo II del Pacto Federal del Trabajo Ley n° 25.212". El trabajador podrá disponer por sí el goce del franco compensatorio omitido a partir de la semana subsiguiente y hasta la extinción del vínculo laboral, previa comunicación formal de ello efectuada con una anticipación no menor de VEINTICUATRO (24) horas a su efectivo goce y con indicación de su extensión en caso de acumulación de francos no gozados. Si al momento del despido o renuncia del trabajador quedaran francos compensatorios pendientes de goce, el trabajador tendrá derecho a percibir los salarios pertinentes con un incremento del CIENTO POR CIENTO (100%). Con estas leyes se pretende priorizar el descanso semanal en los días sábados y domingos, respetando los hábitos de la vida familiar en relación a su inserción social, recreativa y religiosa de los distintos sectores de la sociedad. De aprobarse la ley repararían una histórica traición del cavalierismo ya que estos abusos fueron y son posibles por la complicidad de los dirigentes del sindicato de comercio que avalaron el decreto 2284, firmado por Menem y Cavallo en el año 1991, donde se suprimió toda restricción de horarios y días de trabajo en las prestaciones de servicios de venta, empaque, expedición, administración y otras actividades comerciales afines, sin perjuicio de los derechos individuales del trabajador. La traición de Faecys fue bien gratificada por Ménem. Predios y préstamos del BID por 40 millones de dólares para Osecac que nunca se convirtieron en servicios para los afiliados y terminaron en cuentas de paraísos fiscales. Frente a todo esto debemos tener claro que pueden existir miles de leyes protectorias pero si no hay organización no se las respetan ni se cumplen.

http://empleadosdecomerciocta.blogspot.com.ar/

lunes, 27 de agosto de 2012

Santiago del Estero: los comercio deberán pagar los haberes`por cajero automático


EL SINDICATO DE EMPLEADOS DE COMERCIO MEDIANTE INSPECCIONES PERMANENTES EXIGIRÁ EL  CUMPLIMIENTO DEL PAGO DE HABERES DE LOS EMPLEADOS DE COMERCIO MEDIANTE CAJERO AUTOMÁTICO. 

En diálogo con FM TOP 106.3 de La Banda de Santiago del Estero, el secretario  del Centro de Comercio e Industria de La Banda, señor Daniel Zani. manifestó que;  ” Habian mantenido una reunión en la Secretaría de Trabajo donde estuvieron presentes el subsecretario de Trabajo Walter Assefh, por el Sindicato de Empleados de Comercio su titular Julián Luna y la secretaria de Asuntos Laborales Karina Vázquez, Durante el encuentro, los representantes gremiales explicaron la importancia del cumplimiento de la Resolución 360/01 que establece el pago de haberes mediante cajero automático ya que se pretende garantizar la percepción íntegra, real y tempestiva de la remuneración, sin que esto ocasione gasto alguno al trabajador ni lo limite en el ejercicio de sus derechos”.

Tambien expresó Zani que en dicho encuentro; ” La institución empresarial se comprometió en informar, es decir dar a conocer  a sus asociados que son una  parte de todo el comercio bandeño , de la aplicacion de esta resolución  y a la vez advertirles que el Sindicato iniciará controles para garantizar que se cumpla la bancarización de los haberes a todos los empleados de comercio”.

Advertido que la aplicacion de esta  resolución puede producir algunos problemas en el comercio minorista, el gerente del CCI respondió, que: “Si bien esta implementacion  no tiene costo ni para el empleador ni para el empleado, es verdad que ello irá en contra de algunas costumbres que tendrán que ir modificandose como por ejemplo los adelantos que reciben algunos empleados o el intercambio por mercadería por  parte o total de sus haberes .  Debemos recordar que esta es una resolución que tiene ya once años,  fue dictada  el 11 de julio del 2001 y que recien se trata de exigir su cumplimiento”.

Por su parte el secretario general del Sindicato de Empleados de Comercio  Julián Luna consultado sobre el tema respondio, que: “La reunión mantenida con los representantes de la institución empresarial en la Secretaria de Trabajo se realizó en un marco cordial , donde encontraron muy buena disposicion para poder concretar en la ciudad de La Banda la bancarización de los haberes de los empleados”.

Luna también expresó; ” Que trabajaremos  en un primer momento en informar a los empleados de la aplicación de este sistema que consideramos  beneficioso tanto para los asociados  y como  para el empleador. Posteriormente controlaremos que se vaya cumpliendo este requisito para el cual los comerciantes tendrán un tiempo de hasta 3 meses para adoptarlo”.

http://ignacioonline.blogspot.com.ar/2012/08/santiago-del-estero-los-comercio.html

Empleados de comercio apoyan proyecto que contempla paga doble los fines de semana


ROQUE SCHULTZ, SECRETARIO GENERAL DEL CENTRO DE EMPLEADOS DE COMERCIO, PIDIÓ A LOS LEGISLADORES NACIONALES QUE VOTEN A FAVOR DEL PROYECTO DE LEY QUE CONTEMPLA EL PAGO DOBLE POR CADA JORNADA PARA AQUELLOS TRABAJADORES QUE REALICEN TAREAS SÁBADOS DESPUÉS DE LAS 13 Y DOMINGOS.

El proyecto ya cuenta con media sanción del Senado de la Nación y dictamen favorable de la Comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara de Diputados.

“Solicitamos a nuestros representantes en Cámara de Diputados y Senado de la Nación para que voten a favor de esta norma totalmente justa para aquellos trabajadores que dejan de compartir un fin de semana en familia para poder llevar un peso más a sus hogares” afirmó el titular del Centro Empleados de Comercio.

Schultz además destacó que “se verán beneficiados con la duplicación del pago aquellos trabajadores que concentran su actividad los fines de semana en hoteles, restaurantes, cines, teatros, clubes, espectáculos deportivos y culturales, museos, parques temáticos, panaderías, pizzerías, rotiserías, casas de empanadas, carnicerías, verdulerías, supermercados, venta de automotores, venta de materiales, ferreterías, como así también otras que no pueden discontinuarse como el transporte aéreo y automotor, estaciones de servicio, servicios públicos, etcétera”.

Que plantea el proyecto de ley

 “Queda prohibida la ocupación del trabajador desde las trece horas del día sábado hasta las veinticuatro horas del día domingo, salvo los casos de excepción que las leyes o reglamentaciones prevean, en cuyo caso el trabajador gozará de un descanso compensatorio en la semana siguiente, de goce íntegro y continuado entre las trece horas y las veinticuatro horas del día siguiente”.

“cuando el trabajador prestare servicios entre las trece horas del día sábado y las veinticuatro horas del día domingo, medie o no autorización, sea por las circunstancias previstas en el artículo 203 o por estar comprendido en las excepciones que con carácter permanente o transitorio se dicten, el empleador estará obligado a abonar el salario habitual con el ciento por ciento (100%) de recargo, sin perjuicio de su obligación de otorgar franco compensatorio. El empleador estará obligado a otorgar el franco compensatorio en la semana siguiente, con las modalidades dispuestas en el artículo 204. Su omisión será sancionada de conformidad con lo dispuesto por el art. 3 del Anexo II del Pacto Federal del Trabajo Ley Nº 25.212”.

http://ignacioonline.blogspot.com.ar/2012/08/empleados-de-comercio-apoyan-proyecto-paga-doble-los-fines-de-semana.html

Los Supermercados lideran el Ranking de empleadores


Los mayores empleadores de la Argentina no son empresas petroleras y cerealeras, aunque en cambio son las que más facturan y exportan. Tampoco son automotrices y bancos, unas con producción récord y otras con locales alrededor de todo el país, las que encabezan el ranking de generadoras de puestos laborales. Las empresas que más trabajadores mantienen son supermercados, cadenas de comida rápida y sobre todo, las que se encargan de conseguir ocupaciones temporales. Son Jumbo y Carrefour las compañías que lideran, por lejos, la lista de los 20 empresas con más cantidad de personal declarado.
Los datos son más interesantes teniendo en cuenta que hoy la radiografía laboral argentina muestra un desempleo en torno al 7% (en el segundo trimestre creció levemente en comparación al mismo periodo anterior), y un alto porcentaje (superior al 32%) de empleo “en negro”. Con esto, está claro que no son muchas las empresas que mantienen importantes plantillas de trabajadores y realizan correctamente los aportes correspondientes a la Seguridad Social. De hecho, los registros oficiales muestran que solamente 7 firmas declaran tener más de 15.000 trabajadores.  
Jumbo Retail Argentina cuenta con 20.000 empleados declarados (hasta julio, última información), y ocupa el primer puesto del ranking. Con mucha diferencia, 3.000 empleados por debajo, lo secunda otra compañía del rubro: Carrefour (INC Sociedad Anónima). En el tercer puesto aparece el Banco Nación, que con 17.000 empleados es el único del sector (de hecho pertenece a la orbita pública) que integra el top 10 de empleadores. Recién en el escalón número 20, y con menos de la mitad de puestos, se registra otro banco (éste privado) con cantidad de empleados destacada. Se trata del Macro, con 8.000 trabajadores. 

El dato 

Paradójicamente, los supermercados son las estrellas del ranking. Coto, aunque hace una década fue el número uno de los empleadores de la Argentina, hoy  se encuentra en el puesto 7, con 15.000 empleos registrados.  Apenas un escalón debajo se ubica Wall Mart, con 13.000. Y el puesto N°13 lo ocupa La Anónima (con gran presencia en la Patagonia), que suma 9.000 trabajadores. 
Con 16.000 empleados cada uno, el Correo Argentino y la empresa Ferrocarril Belgrano, ocupan el 4° y 5° puesto de la lista que continúa con uno de los mayores empleadores a nivel mundial: Arcos Dorados, es decir Mc Donald’s, con 15.000.
A partir del puesto número 9, comienzan a aparecer en la lista las grandes consultoras de recursos humanos que seleccionan personal y hacen de nexo entre empresas y potenciales empleados, principalmente para trabajos temporarios. Es el caso de Manpower, que declara 12.000 trabajadores activos. Con la misma actividad se suma al top 20 y con 10.000 empleados, la Guía Laboral Empresa de Servicios Eventuales. Un poco más atrás aporta 9.000 trabajadores la firma Gestión Laboral y en el puesto N° 17, se registra ADECCO con 8.000 empleados.  
Otros datos llamativos del ranking son por ejemplo que la firma de seguridad privada Prosegur tiene la misma cantidad de empleados que YPF. Esta última incluso, es superada en su cantidad de personal por una compañía como Cablevisión. Empresas como Telecom y Telefónica se desarrollan en línea, con 11.000 trabajadores cada una.
Solo 12 firmas tienen una nómina superior a los 10.000 trabajadores. Ninguna de ellas está vinculada a las manufactura ni al agro.   

Gentileza Ámbito Financiero para El Diario


http://www.diariodemadryn.com/vernoti.php?ID=147917

sábado, 25 de agosto de 2012

Madryn: Los comerciantes cerrarán antes por la ausencia de policías en la calle


MINORISTAS ASEGURAN QUE EN LOS BARRIOS DE MADRYN SE INCREMENTÓ EL NÚMERO DE ROBOS Y HECHOS DE INSEGURIDAD

En horas se cumplirá una semana del conflicto que protagoniza la policía provincial que reclama el cumplimiento de la ley 1561, una jubilación digna y la desmilitarización de la Fuerza, y el cobro porcentual de 88 puntos respecto del salario de la Policía Federal. En este contexto y luego de producirse varios robos y hechos de inseguridad en la zona periférica de la ciudad, los integrantes de la Cámara de Comerciantes Minoristas, se declararon en estado de alerta, al tiempo que solicitan a las autoridades provinciales una urgente resolución que devuelva normalidad a la tarea policial y la presencia preventiva. 
Los minoristas anunciaron ayer que se acordó cerrar los locales antes del horario habitual, y proyectan realizar acciones en la vía pública si no se registran avances durante el fin de semana. No obstante, acompañan el reclamo de los empleados policiales apostados en la Comisaría Primera.
Tras frustradas negociaciones entre miembros del Gobierno provincial y representantes de la policía en huelga, marchas diarias por las calles de la ciudad y pese a las sanciones efectuadas desde el Ejecutivo, los  efectivos sostienen la medida de fuerza desde el domingo 19 a las 14 horas. “Queremos la aplicación de la ley 1651, lo dijimos desde un principio, pero el Gobierno ha hecho oídos sordos. Queremos una mesa de negociación”, sostuvo Néstor Rocha, vocero policial en una nueva marcha, el viernes por la mañana, por las calles de la ciudad para hacer oír sus pedidos. 
En este marco, los miembros de la Cámara de Comercio Minorista de la ciudad de Puerto Madryn expresaron públicamente su preocupación, puesto que ante la falta del servicio habitual de rondines preventivos, ocurrieron varios robos a negocios en el área periférica. En consecuencia, llevaron a cabo una reunión en la que la mayoría de los comerciantes manifestó su temor, dado que consideran peligroso el hecho de que sus locales permanezcan abiertos después de las 21. Asimismo, la preocupación se incrementa cuando comienza el fin de semana, puesto que son más las probabilidades de que ocurran asaltos.     
En diálogo con El Diario, Miguel Garro, presidente de la Cámara, reveló que se decidió cerrar los comercios dos horas antes del horario habitual, entre las 21 y 21,30 horas. “Hay una enorme preocupación, ya que no tenemos cómo defendernos. En este momento, todo aquel que trabaja, corre riesgo”, dijo. En consecuencia, los integrantes de la entidad instan a las autoridades competentes a “tomar cartas en el asunto” para dar punto final esta problemática o instrumentar medidas alternativas, puesto que consideran que “ya no es un tema político sino social que involucra a todos”.  
Por otra parte, Garro expresó que quienes están nucleados en la Cámara de Comerciantes Minoristas apoyan el reclamo de los trabajadores policiales, ya que arriesgan su vida todos los días. Tal es así que muchos comerciantes se acercaron a la Comisaría Primera para dialogar con los efectivos que allí permanecen de civil y sin armas. “Si no hay solución el lunes, buscaremos apoyo de la población en la plaza”, anticipó. En ese punto, resaltó que la intención es socializar el temor que experimentan y llevar a cabo acciones en la vía pública tales como juntadas de firmas. 

El conflicto sigue trabado

En tanto, el abogado Martín Saavedra que representa a los efectivos policiales de la Comisaría Primera, informó que, el viernes se trasladó a Esquel, ya que se había convocado a una mesa de diálogo con autoridades provinciales.  En el encuentro, en el que estuvieron presentes representantes policiales, el subecretario de Seguridad de Chubut, José Glinski, los intendentes de las localidades de Esquel y Trevelin, no se logró un acuerdo porque, de acuerdo a lo expresado por Saavedra, no hubo una propuesta distinta, sino la misma que realizaron, desde el domingo, en numerosas oportunidades.  Así es que los efectivos analizan seriamente la posibilidad de movilizarse hasta la ciudad capital el domingo 26. 

http://www.diariodemadryn.com/vernoti.php?ID=147873

viernes, 24 de agosto de 2012

CRÉDITOS PARA TODOS....LOS PATRONES


Buzzi presentará créditos para empresas en la Cámara de Comercio de Trelew

Hoy a las 17 el gobernador Martín Buzzi visitará la Cámara de Industria y Comercio del Este del Chubut (CICECH), en la ciudad de Trelew, donde presentará diversas líneas crediticias del Banco del Chubut, destinadas al fortalecimiento de las empresas locales.
Buzzi estará acompañado por el ministro de la Producción, Eduardo Arzani, y el presidente de la entidad financiera provincial, Rubén Bambaci.
Durante su visita a la entidad empresaria, el gobernador tiene previsto brindar una conferencia de prensa en la cual ofrecerá detalles sobre los instrumentos financieros que el Gobierno Provincial pondrá a disposición de los sectores productivos del Chubut.
En este sentido, desde la entidad financiera se informó que se ofrecerán nuevas líneas de crédito, principalmente para PyMes que se suman y complementan con las líneas que se crearon entre el Banco del Chubut y el Ministerio de la Producción para asistir a las empresas productoras de bienes y servicios con tasas subsidiadas por la provincia.
Esta nueva línea se inscribe en las recientes disposiciones del Banco Central de la República Argentina, según las cuales todas las entidades deben destinar a este tipo de créditos no menos del 5% de sus depósitos. #


http://www.diariojornada.com.ar/Noticia/Default.aspx?id=51101

miércoles, 22 de agosto de 2012

Igual remuneración, igual tarea: crecen condenas a firmas que no reconocen en sueldos funciones de más responsabilidad


Cuando una compañía detecta un empleado proactivo y capaz suele ir asignándole mayores responsabilidades. Pero muchas veces esto no queda plasmado en la "categoría" que dice su recibo. Y, tras los reclamos, las firmas deben desembolsar varios miles de pesos por adicionales e indemnizaciones. 
En la actualidad, el principio de "igual remuneración por igual tarea" se encuentra amparado tanto en la Constitución Nacional como en la Ley de Contrato de Trabajo (LCT).
En efecto, la normativa vigente no sólo prohíbe que los empleadores tengan un trato desigual con sus empleados (fundado en cuestiones de sexo, religión o raza), sino que también los obliga a abonarles una remuneración mayor en caso de que destinen a los asalariados a tareas superiores a las que realizaban al momento de su contratación.
Incluso, el único trato diferencial que permite el marco legal es aquél que se funda en razones de bien común, eficacia o laboriosidad.
De esta manera, si una empresa decide beneficiar a un trabajador por sobre otros (ya sea que se encuentran en la misma categoría o que cumplan con la misma función), deberá sustentar la medida en una razón objetiva.
De lo contrario, podrán quedar expuestos a futuros reclamos judiciales de quienes quedaron excluidos del "incentivo", como podría ser un aumento de sueldo o el otorgamiento de un beneficio especial.
Esto fue lo que sucedió en un reciente caso donde la Justicia condenó a una firma a abonar diferencias salariales y la indemnización a una dependiente que se había sentido despedida porque realizaba tareas similares a sus superiores, pero cobraba una remuneración menor.

Las claves del caso

En esta oportunidad, la empleada se consideró echada luego de que no le reconocieran diferencias salariales que había reclamado. Consideraba que debía percibir más dinero porque cumplía funciones de mayor responsabilidad que las que le correspondía.
Para cobrar sus acreencias concurrió a la Justicia laboral y solicitó, además de la diferencia mencionada, que le paguen el recargo indemnizatorio previsto en el artículo 1 de la Ley 25.323, porque aducía que se encontraba mal registrada. 
En la primera instancia, los jueces sólo hicieron lugar parcialmente a su pedido, ya que entendieron que no estaba dada la situación para cobrar la penalidad por registro deficiente.
Ambas partes cuestionaron la sentencia ante la Cámara de Apelaciones, pero los camaristas avalaron a la dependiente. 
Los magistrados entendieron que fueron suficientes las razones esgrimidas por ella para imputar al empleador las consecuencias de la extinción de la relación laboral.
Argumentaron que, de acuerdo al relato de los testigos, la empleada efectuaba tareas de mayor jerarquía a las que efectivamente debía cumplimentar.
En este sentido, indicaron que el artículo 78 de la LCT establece que "el empleador deberá garantizar al dependiente ocupación efectiva, de acuerdo con su calificación o categoría profesional, salvo que el incumplimiento responda a motivos fundados que impidan la satisfacción de tal deber".
Además, destacaron que la norma fija que si el asalariado "fuese destinado a tareas superiores, distintas de aquéllas para las que fue contratado, tendrá derecho a percibir la remuneración correspondiente por el tiempo de su desempeño, si la asignación fuese de carácter transitorio". 
En dicho aspecto, la ley considera a las nuevas tareas o funciones como definitivas si desaparecieran las causas que dieron lugar a la suplencia, y el empleado continuase en su desempeño o transcurrieran los plazos que se fijen al efecto en los estatutos profesionales o las convenciones colectivas de trabajo. 
"En consecuencia, el desempeño en tareas correspondientes a la categoría superior importa el derecho del trabajador a percibir la remuneración correspondiente", indicaron los magistrados. 
Asimismo, sostuvieron que la situación relatada en el caso era suficiente para demostrar la falencia en el registro de la categoría de la asalariada, y que representaba una violación a la Ley 25.323.
Los jueces consideraron que la multa debía proceder debido a que la regla se aplica "cuando se trate de una relación laboral que, al momento del despido, no esté registrada o lo esté de modo deficiente". 
Es decir, que la misma norma hace referencia a cualquier déficit en el registro, incluida la definición de la categoría convencional. 
Si bien la empresa se quejó porque se hizo lugar al reclamo de pago de diferencias salariales por violación del principio de igual remuneración por igual tarea, los camaristas remarcaron que "si todos los empleados realizaban las mismas actividades incumbe a la demandada demostrar la justificación del trato desigual como, por ejemplo, mejor desempeño o contracción a las tareas".
Y concluyeron: "Esta justificación de la discrecionalidad brilla por su ausencia, por lo que la distinción aparece como meramente arbitraria y, consecuentemente antifuncional, por lo que la sentencia debe ser confirmada".

Se multiplican los reclamos

El caso mencionado es uno de los tantos otros de los que viene dando cuenta iProfesional.com. Y que tienen como característica común que la Justicia "castiga" el hecho de que un empleado perciba un sueldo menor al de sus pares si desarrolla actividades similares.
A su vez, estas condenas ponen una luz de alerta en las empresas, habida cuenta que resulta común que, si un dependiente demuestra capacidad, se le vaya asignando mayores responsabilidades y la persona termine equiparando en funciones a otras de rango superior, si bien esto no queda reflejado en la "categoría" de su recibo de haberes.
Uno de estos casos citados fue el que se dio en el Banco Columbia, donde un gerente "se quejó" en la Justicia al entender que había una intencionalidad manifiesta de perjudicarlo. Reclamó, tras su desvinculación, que cobraba menos que sus pares y los jueces exigieron que se le pague $130.500 más intereses como compensación.
En otra situación, la sala VIII de la Cámara Nacional del Trabajo ordenó abonar diferencias salariales e indemnizatorias porque el empleado había sido despedido por cuestionar, en reiteradas oportunidades, que percibía un salario inferior a su colega que desarrollaba tareas similares.
Los magistrados también le dieron la razón y en la sentencia hicieron referencia a un dependiente "injusta e inexplicablemente segregado".
Estos hechos no se circunscriben al ámbito privado. También se multiplican en el Estado. Recientemente, fue condenado el ministerio de Trabajo a pagar un resarcimiento a una asalariada a la que no le reconocían sus adicionales por capacitación al revestir la categoría de contratado.

Voces

Juan Manuel Minghini, socio del estudio Minghini, Alegría & Asociados, explicó que "el principio de igual remuneración por igual tarea se aplica tanto en el sector público cómo en el privado".
"Si bien el empleador tiene amplias facultades de otorgar una mejor retribución al empleado a quién considere por sus características particulares -mayor experiencia o especialización, por citar algunos ejemplos- deberán tomarse ciertos recaudos específicos", remarcó.
"En este sentido, la jurisprudencia ha reconocido la facultad de la empresa de dispensar un trato dispar a sus trabajadores cuando el mismo obedece a razones objetivas", agregó Pablo Mastromarino, abogado del estudio Tanoira Cassagne.
Además, para el especialista, de tratarse de razones objetivas que no estén expresamente prohibidas por la ley, éstas deberán ser demostrables por el empleador, ya que en caso de una eventual contienda judicial, será éste quien tendrá la carga de probar su existencia.
"Es por ello que resulta fundamental que las empresas tengan en cuenta estas pautas al momento de diseñar la estructura remuneratoria de su personal", finalizó.
Esteban Carcavallo, socio del estudio Severgnini, Robiola, Grinberg & Larrechea, sostuvo que "la vigencia y observancia de este principio por parte de los empleadores requiere aplicarlo a situaciones iguales, no respecto de aquellas que no lo son".
El experto explicó que "en la práctica, deben asignarse tanto las mismas condiciones salariales y de trabajo como beneficios y adicionales para todos los que se desempeñan en determinado segmento o categoría profesional".
Sin embargo, indicó que "aún en ese caso, pueden darse matices distintos entre uno y otro dependiente, por ejemplo, cuando uno de ellos cuenta con un idioma aplicable a la tarea asignada y otro no; o con título terciario o universitario considerado para la tarea". 
"En esos casos, se puede justificar una diferenciación entre situaciones aparentemente idénticas", concluyó el experto.

http://legales.iprofesional.com/notas/136789-Igual-remuneracin-igual-tarea-crecen-condenas-a-firmas-que-no-reconocen-en-sueldos-funciones-de-ms-responsabilidad-

Trabajadores latinos llaman a boicot permanente en NEW YORK


El movimiento es contra un supermercado y forma parte de una larga lucha para lograr un sindicato y obtener beneficios.
     
A pesar de que hace varios meses un grupo de trabajadores del supermercado Golden Farm en Brooklyn lucha por formar un sindicato para garantizar defender sus derechos y lograr mejores salarios, la lucha aún continúa.

Nueva York - Trabajadores latinos, con el respaldo de la organización Nueva York Comunidades por el Cambio (NYCC), pidieron a vecinos de Kensington, Brooklyn; unirse a un boicot permanente en contra de un supermercado como parte de una larga lucha por lograr un sindicato y obtener beneficios.

Alexandra García, organizadora de NYCC, informó que el 18 de agosto, trabajadores latinos iniciarán nuevas protestas para que Golden Farm, situado en 329 de la Avenida Churca, mejore las condiciones laborales.

En abril pasado, los empleados de la empresa organizaron un boicot de 24 horas que motivó a unos 800 clientes a no comprar en el sitio. Pese a las frecuentes manifestaciones para lograr representación sindical, Golden Farm aún no cumple con las peticiones de sus trabajadores, dijo García.

"Creemos que es importante que la comunidad se una a la lucha y no compre, pues sólo así podrá generarse visibilidad y movilización sobre el tema de robos de salarios en supermercados", acotó la activista.

Hace más de un año, trece empleados latinos presentaron una demanda laboral contra Sonny Kim, propietario de Golden Farm, por hacerlos trabajar durante años más de 72 horas a la semana, pagándoles por debajo del salario mínimo.

García explicó que Kim aceptó pagar el salario que obliga la ley luego de la demanda, pero se niega a admitir un sindicato y otorgar beneficios.

Kate Barut, activista de NYCC, comentó que la Junta Laboral aprobó la creación de un sindicato, pero el dueño del supermercado apeló la decisión y declina sentarse en la mesa de negociaciones.

Barut apuntó que en respuesta, el boicot será permanente desde el 18 de agosto hasta que Sonny Kim acepte le representación sindical.

"Cada sábado y domingo, de 8 a.m. a 8 p.m., estaremos pidiendo a la comunidad no comprar en el lugar hasta que los trabajadores logren justicia", dijo la activista.

http://www.eldiariony.com/Trabajadores__llaman_a_boicot_permanente

URUGUAY - Trabajadores de Multiahorro ocupan más de 20 supermercados


Las medidas de fuerza se mantendrán al menos hasta el lunes. La empresa pide que desocupen para negociar. El sindicato no acepta y evalúa más ocupaciones.
 Desde la madrugada de este sábado los trabajadores de la cadena de supermercados Multiahorro comenzó a ocupar locales. El primero fue el Multiahorro 14, del Cerro. Le siguieron los locales 31, 32 y 33 del departamento de Tacuarembó; el 15 de Florida: el Multiahorro express 1, ubicado en Canelones y Convención, y finalmente el Multiahorro express 18, de Agraciada esquina Luna.La asamblea de trabajadores resolvió este sábado mantener las medidas hasta el lunes, cuando evaluarán la marcha del conflicto.En la mañana de este sábado representantes de la empresa se hicieron presentes en el supermercado del Cerro e intentaron destrabar el conflicto. Reclaman que desocupen para poder negociar.Sin embargo, los trabajadores no están dispuestos a deponer sus medidas. “La empresa se retiró el viernes de la bipartita que venía negociando desde hace 24 meses”, dijo a Subrayado Alexis Osores, presidente del sindicato de Multiahorro. “Ellos nos cambiaron las reglas de juego y nosotros no vamos a desocupar”, agregó.LOS RECLAMOS. Las reivindicaciones de los empleados pasan por el tema salarial. Piden “participar de las comisiones”, “aumentar el salario” que actualmente es de 9.747 pesos el mínimo y rechazan cobrar “el 15% del sueldo en ticket cautivo, que solo se puede cambiar en la misma cadena de supermercados”.Además, reclaman por la falta de personal en los distintos locales. Aseguran que esto los lleva a ocupar varios cargos a la vez y cumplir con diferentes tareas, para las cuales no fueron contratados. “Y siempre pagos por la de menos valor”, afirmó Osores.Otro de los reclamos pasa por la seguridad en los locales. El sindicato reclama que se han quitado los guardias de seguridad de varios supermercados.

http://subrayado.com.uy/Site/noticia/15416/trabajadores-de-multiahorro-ocupan-7-supermercados

Miércoles, agosto 8 - ESPAÑA - El Sindicato Andaluz de Trabajadores ‘asalta’ dos supermercados para llevar comida al pueblo


 El Sindicato Andaluz de Trabajadores (SAT) ha protagonizado dos acciones sorpresa en Écija (Sevilla) y en Arcos de la Frontera (Cádiz), donde ha entrado en sendos hipermercados para cargar carros con alimentos y artículos de primera necesidad con la idea de entregarlos a los bancos de alimentos de la zona.

Según ha indicado el secretario general del SAT, Diego Cañamero, que estuvo presente en la acción de Arcos, en el caso del municipio gaditano, los sindicalistas han entrado en Carrefour y han cogido alimentos básicos, hasta llenar 20 carros, con la idea de entregarlos a un banco de alimentos de la zona de la sierra de Cádiz, aunque se han visto atrapados en las cajas, donde la policía ha tratado de impedir que sacaran los carros.

De esta forma, unos 200 parados agrícolas y representantes de sindicatos del campo han entrado en la mañana de este martes en las instalaciones del establecimiento comercial Carrefour de Arcos de la Frontera (Cádiz) con la intención de llevarse 20 carros con alimentos de primera necesidad para la población.

Cañamero ha explicado que unas 400 personas aproximadamente se han dirigido en torno a las 11h hasta las instalaciones del supermercado, donde han conseguido entrar y llenar unos 20 carros con alimentos de primera necesidad –leche, huevos, azúcar, legumbres, pasta o arroz– y, según ha detallado Cañamero, cuando ya habían terminado la Guardia Civil les ha bloqueado la salida.

La intención es repartir los productos entre un banco de alimentos y los servicios sociales de los ayuntamientos de la Sierra gaditana, “donde existe un 40 por ciento de paro y hay una pobreza extrema”, según ha subrayado el representante del SAT.

Éxito en Ecija
Por su parte, en el caso de la acción sorpresa de Écija (Sevilla), el líder del SAT y también diputado autonómico por Izquierda Unida (IU), Juan Manuel Sánchez Gordillo, ha resaltado que en su caso “si hemos podido sacar los carros” para ser entregados a la sede del banco de alimentos.

“Queremos expropiar los artículos de primera necesidad”, ha indicado Sánchez Gordillo, ante lo que ha explicado que esta mañana se han dirigido a Mercadona de Écija, han entrado y han llenado unos diez carros con alimentos, en una acción “muy rápida”, que no ha sido interceptada por la policía, que estaba “entretenida con un grupo de compañeros que hemos establecido para distraer su atención”.

Sánchez Gordillo ha resaltado que se trata de “alimentos de primera necesidad, como leche, harina, huevos, aceite, arroz o garbanzos” y ha dejado claro que “en este momento de crisis, donde están expropiando al pueblo, queremos expropiar a los expropiadores, esto es, terratenientes, bancos y grandes superficies, que están ganando dinero en plena crisis económica”.

“El pueblo no puede pagar los platos rotos, cuando hay personas que no tienen para comer, por lo que hemos decidido ‘expropiar’ alimentos básicos y entregarlos a un banco de alimentos, que están teniendo problemas para poder atender a todo el mundo, al ver aumentada la demanda”, ha agregado Sánchez Gordillo.

El también diputado de IU cree que “seguro que habrá represalias políticas, pero tenemos que radicalizar nuestra posición desde acciones pacíficas”.

Asimismo, ha indicado que el próximo 16 de agosto, el SAT llevará cabo marchas por toda Andalucía desde el mundo rural a todas las ciudades andaluzas, pidiendo soluciones y medidas como un plan de empleo urgente.

http://www.librered.net/?p=20074