jueves, 20 de septiembre de 2012

Feriado del 24 de Septiembre: se debe pagar doble si el empleado trabaja


LOS TRABAJADORES NO ESTÁN OBLIGADOS A PRESTAR SERVICIOS EN DICHO DÍA Y; SI ASÍ LO HICIERAN; DEBERÁN PERCIBIR LAS HORAS REALIZADAS CON EL RECARGO DEL 100% (HORA EXTRA).

Mediante Decreto Nº 1.639, firmado por la Presidenta de la Nación, Dra. Cristina Fernández de Kirchner; se promulgó la Ley Nº 26.763, que en su artículo 1º dice: 

“Se establece por única vez feriado nacional el día 24 de Setiembre de 2.012 en todo el territorio de la Nación, en conmemoración del bicentenario de la Batalla de Tucumán”.

Por tal motivo, y en virtud de la norma legal citada, los trabajadores no están obligados a prestar servicios en dicho día y; si así lo hicieran; deberán percibir las horas realizadas con el recargo del 100%.

26 de septiembre: Día del Empleados de Comercio

Para el caso de los empleados de comercio, el 26 de septiembre también es feriado, ya que por ley la ley 26541, publicada en el Boletín Oficial el 15 de diciembre de 2009, se declara ese día como el del Empleados de Comercio. 

Anteriormente era día un día no laborable, por lo cual quedaba a opción el empleador que los empleados de comercio trabajaran o no ese día, y en caso de trabajar se debía cobrar como un día feriado. Desde la sanción de la ley 26541, la opción de trabajar o no, ya no queda a criterio del empleador, al asimilarse la fecha a un día feriado. La decisión de prestar servicios o no en ese día, quedará a criterio del empleado.

Recordemos que la ley de contrato de trabajo 20744, en si artículo 166, establece que "los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical. En dichos días los trabajadores que no gozaren de la remuneración respectiva percibirán el salario correspondiente a los mismos, aún cuando coincidan en domingo.

En caso que presten servicios en tales días, cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual."

http://ignacioonline.blogspot.com.ar/2012/09/feriado-del-24-de-septiembre-se-debe.html

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