lunes, 17 de febrero de 2014

Empleados de Comercio: liquidación de haberes Febrero 2014

LIQUIDACIÓN DE HABERES PARA EL MES DE FEBRERO DE 2014. INCORPORACIÓN DEL ACUERDO NO REMUNERATIVO AL BÁSICO.

Finalmente llegamos a la liquidación de Febrero de 2014 para empleados de comercio, mes en el cual las sumas no remunerativas del último acuerdo salarial se incorporan al básico.

Recordemos que el acuerdo mayo 2013 entre la FAECYS y las cámaras empresariales de comercio establecieron un incremento salarial del 24% no remunerativo, a aplicarse en dos tramos no acumulativos según el siguiente cronograma:

a) Un 14 % del total acordado, a partir del mes de mayo de 2013
b) Un 10 % del total acordado, a partir del mes de noviembre de 2013

El incremento acordado debía abonarse como suma no remunerativa y liquidarse en el recibo de sueldo por rubro separado bajo la denominación "acuerdo mayo 2013".  Y sobre las sumas que resultaran del incremento previsto, se debía aplicar también el equivalente al presentismo del artículo 40 del CCT 130/75.

El mismo acuerdo, en su artículo segundo, establece que "a partir del mes de febrero del 2014 se incorporará a las escalas de los salarios básicos de la actividad, vigentes al mes de mayo del 2013, debiendo incluir el monto equivalente a los aportes a cargo del trabajador, a fin de que éste no sufra una merma en su ingreso neto y siga percibiendo en su salario de bolsillo el mismo monto nominal que recibía cuando los conceptos le eran liquidados sin aportes atento su carácter no remunerativo."

Por lo tanto, el 24% no remunerativo pasa a formar parte del básico, pero no pasa directamente, debe ser acrecentado de manera tal que el neto a pagar sea el mismo.

A manera de ejemplo, desarrollaré un caso muy sencillo para liquidar el mes de junio junto con el retroactivo del mes de febrero según los siguientes datos:

Datos para la liquidación
Categoría: Administrativo A
Básico Enero 2014: $ 5.276,22
Básico Febrero 2014: $6.762,73 
Tipo de Jornada: Completa
Antigüedad: 5 años
Obra Social: O.S.E.C.A.C.
Afiliado al Sindicado: No

Solución Propuesta



Conceptos Remunerativos

Básico:  $ 6.762,73

Desde mayo 2013 y gasta enero pasado, el básico de la categoría era de $ 5.276,22, pero ahora debemos incorporarle el "acuerdo mayo 2013", los que nos da un total de $6.762,73.

De dónde sale este número?  Para eso, como diría Harry Hoo, " tenemos dos posibilidades", la primera y más simple, es buscando en la escala salarial 2013-2014 publicada por FAECYS, que pueden ver en este link.

La segunda, es algo más compleja, pero no menos entretenida, y es es calcularlo nosotros mismo susando la formula de acrecentamiento, también conocido como grossing up.

Veamos, según el acuerdo:
"A partir del mes de febrero del 2014 se incorporará a las escalas de los salarios básicos de la actividad, vigentes al mes de mayo del 2013, debiendo incluir el monto equivalente a los aportes a cargo del trabajador, a fin de que éste no sufra una merma en su ingreso neto y siga percibiendo en su salario de bolsillo el mismo monto nominal que recibía cuando los conceptos le eran liquidados sin aportes atento su carácter no remunerativo, y sin computar para ese único fin, el importe no remunerativo equivalente al presentismo del artículo 40 del C.C.T. 130/75, toda vez que al adquirir carácter salarial, se aplicará a la nueva escala de básicos convencionales resultante, el adicional por presentismo convencional anteriormente mencionado, en sustitución de la asignación no remunerativa complementaria pactada en el presente artículo."
Por lo tanto,

BÁSICO FEBRERO 2014 = BÁSICO ENERO + ACUERDO MAYO 2013 ACRECENTADO


El BÁSICO FEBRERO ya lo tenemos, para el caso del ejemplo es de $5.276,22  y el ACUERDO MAYO también, es de $.1266,29, pero nos falta acrecentarlo de manera tal que el neto a pagar sea el mismo.

Para ello debemos utilizar la formula de acrecentamiento (grossing up) que siempre usamos para incorporar los acuerdos en comercio::


100 - porcentaje de aportes No Remunerativos
_____________________________________ = tasa acrecentamiento (grossin up)
100 - porcentaje de aportes Remunerativos


Reemplazamos las variables para este caso:


100 -  5,50          94,50
___________ =  ______ =  17,3913 (tasa de acrecentamiento)
100 -  19,5          80,50

Entonces, 17,3913 es el porcentaje a incrementar del importe del acuerdo no remunerativo que pasa al básico:

5.276,22  + 1.266,29   x 1.173913 = $6.762,73 (básico febrero 2014)

Listo, y lo mismo tenemos que hacer para cualquier otra categoría que queramos liquidar.  Pero...es importante tener en cuenta reemplazar en la fórmula con los porcentajes correspondientes a cada tipo de liquidación, por ejemplo para el caso de empleados afiliados al sindicato el porcentaje de no remunerativos es del 7.5% y de remunerativos del 21,5%. También encontraremos diferencias en el caso de que los empleados estén a jornada parcial o sean jubilados.

Por lo tanto, las escalas publicadas por FAECyS y las Cámaras de comercio no sirven para todos los casos, al menos no si queremos cumplir con lo establecido en el acuerdo respecto a respetar  el neto que cobra el empleado.

Otro tema a tener en cuenta, es que si bien el neto a pagar debería ser el mismo, el importe resultante, para el caso de los empleados con antigüedad, se verá incrementado ya que al aumentar el básico, se incrementa también la base para la antigüedad.

Antigüedad: $ 338,14

En esta caso la antiguedad son 5 años. Recordemos que el adicional por antigüedad es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad. Entonces:

6.762,73 x 5 x 1%  = 338,14


Asistencia y Puntualidad: $ 591,74

Es la doceava parte de las remuneraciones del mes, en este caso Básico + Antigüedad (Art. 40 CCT 130/75).

(6.762,73 + 338,14 ) / 12 = 591,74

Descuentos

Sobre las sumas Remunerativas se calcula:
11% de Jubilación
3% de Obra Social
3% Según Ley 19.032
2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
Aporte de $50 con destino a la OSECAC
Hasta aquí el desarrollo del ejemplo, que si bien es para un Administrativo A, el mecanismo es el mismo para todas las categorías. Tomé un ejemplo simple,  sin adicionales ni items a cuenta de futuros aumentos, pero es al solo efecto de explicar de la manera mas sencilla este nuevo acuerdo.

Espero haberme explicado correctamente y no haberme equivocado en la interpretación ni en los cálculos.
Por Ignacio Barrios en 6

http://www.ignacioonline.com.ar/2014/02/Empleados-de-Comercio-liquidacion-sueldos-Febrero-2014.html

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