viernes, 5 de septiembre de 2014

Empleados de Comercio: La CAC insiste con proporcionar los $1200 no remunerativos

En respuesta al dictamen 4222 del Ministerio de Trabajo, la Cámara Argentina de Comercio (CAC), vuelve a emitir  un comunicado ratificando su postura sobre la forma de pago de los 2400 pesos no remunerativos. Según la CAC, los trabajadores contratados bajo la modalidad a tiempo parcial deben cobrar la asignación de manera proporcional a la jornada trabajada.

Según el comunicado, "por tratarse de una cuestión de interpretación jurídica y de derecho, la autoridad administrativa no estaría facultada para exigir el cumplimiento de lo que postula la parte gremial, toda vez que conforme los principios fundamentales de nuestro orden constitucional, entre los que se encuentra el de la división de los poderes del Estado, tal facultad es resorte exclusivo del Poder Judicial".

Comunicado de la CAC:

ASIGNACIÓN ESPECIAL POR ACUERDO COLECTIVO 2014
Frente a distintas versiones y trascendidos  de que la FAECYS y diversos Sindicatos de primer grado estarían reclamando el pago íntegro y no proporcional de la asignación especial establecida en el artículo segundo del Acuerdo Colectivo de la actividad de comercio y servicios suscripto el 11/4/2014 - ello respecto de los trabajadores dependientes que se desempeñan en jornadas inferiores a la máxima legal (tiempo parcial, art.198 LCT,etc.) - esta Cámara ratifica el criterio ya expuesto en el comunicado de fecha 15/8/2014, esto es  que en tales casos tal asignación debe abonarse en forma proporcional a la jornada cumplida por cada trabajador.
Se aclara además que, por tratarse de una cuestión de interpretación jurídica y de derecho, la autoridad administrativa no estaría facultada para exigir el cumplimiento de lo que postula la parte gremial, toda vez que conforme los principios fundamentales de nuestro orden constitucional, entre los que se encuentra el de la división de los poderes del estado, tal facultad es resorte exclusivo del Poder Judicial.

Recordemos que en el último Acuerdo salarial de Empleados de Comercio, se pactó el pago de una asignación por única vez, con carácter extraordinario y no remunerativo de $ 2.400 en dos cuotas iguales de $ 1.200 en los meses de julio y noviembre de 2014, respectivamente.

Al respecto, se ha generado un debate sobre el tratamiento que corresponde dar al pago de dicha suma no remunerativa en relación con los trabajadores a jornada parcial.

En un primer comunicado, la Cámara Argentina de Comercio (CAC), fijo su postura interpretando que el pago de la asignación no remunerativa debía ser abonada de manera proporcional conforme a la jornada laboral que realiza el trabajador.

Por su  parte, la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) informó, a través de una circular, que los importes de la citada asignación no remunerativa "no son proporcionales y corresponde a cada trabajador no importando la jornada laboral pactada".

A raíz de estas distintas interpretaciones, por parte de quienes firmaron el acuerdo, la FAECyS solicitó al Ministerio de Trabajo, aplique el artículo 9 del acuerdo, convocando a las partes a fin de solucionar esta diferencia de interpretación. A resultas de esto, procedió a emitir el dictamen (DNRT) 4222/14, por el cual entiende "que el otorgamiento de tal beneficio no ha sido condicionado en ningún sentido, ni ha quedado sujeto al horario de la jornada laboral que los empleados pudieran desarrollar",  por lo que "puede inferirse que la asignación de carácter no remunerativa pactada libremente entre los sectores involucrados, a pagar en dos cuotas, resulta clara y suficiente, no quedando la misma sujeta a ninguna otra condición a los fines de su percepción".

Ahora, con este nuevo comunicado, la CAC desconoce la autoridad del Ministerio para resolver esta difenrecia.

http://www.ignacioonline.com.ar/2014/09/empleados-de-comercio-la-cac-insiste-con-proporcionar-a-la-jornada-los-1200.html

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