La liquidación del mes de Octubre de 2012 es la última antes del aumento de aplicar el segundo y último tramo del aumento, que será del 9% en noviembre.
Recordemos que en el mes de mayo el sindicato y las cámaras de comercio lograron un nuevo acuerdo salarial para los empleados de rama general CCT 130/75. El cual se estableció un incremento salarial del 24% no remunerativo sobre las escalas de abril, en dos tramos no acumulativos según el siguiente cronograma:
a) Un 15 % del total acordado, a partir del mes de mayo de 2012
b) Un 9 % del total acordado, a partir del mes de noviembre de 2012.
A manera de ejemplo, desarrollaré un caso muy sencillo para liquidar el mes de julio con los siguientes datos:
Datos para la liquidación
Categoría: Administrativo A
Básico: $ 4.116,45
Tipo de Jornada: Completa
Antigüedad: 0
Obra Social: O.S.E.C.A.C.
Afiliado al Sindicado: No
Solución Propuesta
Conceptos Remunerativos
Básico: $ 4.116,45
Surge de la escala salarial establecida en el acuerdo 2011.
Antigüedad: En esta caso es cero porque no tiene antigüedad, pero es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad.
Asistencia y Puntualidad: $343,04
Es la doceava parte del básico más antigüedad (Art. 40 CCT 130/75).
4.116,45 / 12 = 343,04
Conceptos No Remunerativos
Acuerdo mayo 2012: $617,47
Es el 15% sobre el básico de la categoría "Administrativo A" para el mes de Abril de 2012 .
Base de cálculo para el mes de Abril de 2012 Administrativo A : $ 4.116,45 según la escala:
4.116,45 x 15% = $617,47
Asistencia y puntualidad: $51,46
Al igual que con los conceptos remunerativos, se determina calculando la doceava parte de las sumas no remunerativas.
4.116,45 / 12 = 51,46
Descuentos
Sobre las sumas Remunerativas se calcula:
11% de Jubilación
3% de Obra Social
3% Según Ley 19.032
2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
2% con destino al sindicato para empleados afilaidos al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
Sobre las sumas no remunerativas se calcula:
3% de Obra Social
2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
Hasta aquí el desarrollo del ejemplo, tomé un caso simple, sin antigüedad, si adicionales ni items a cuenta de futuros aumentos, tampoco tuve en cuenta el feriado del 12 de octubre (que se pasó al lunes 8) en la liquidación, es al solo efecto de explicar de la manera mas sencilla este nuevo acuerdo.
De todos modos, pueden ver como liquidar el feriado en la liquidación de septiembre 2012 aquí. También pueden ver más ejemplos de recibos aquí
Espero haberme explicado correctamente y no haberme equivocado en la interpretación ni en los cálculos.
http://www.ignacioonline.com.ar/2012/10/Empleados-de-Comercio-liquidacion-de-haberes-Octubre-2012.html
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