jueves, 25 de octubre de 2012

Diputados aprobó el proyecto que modifica la Ley de las ART


LA CÁMARA BAJA CONVIRTIÓ EN LEY EL PROYECTO DEL PODER EJECUTIVO QUE MODIFICA LA LEGISLACIÓN SOBRE RIESGOS LABORALES VIGENTE DESDE 1995 Y ELEVA EL MONTO DE LAS INDEMNIZACIONES POR ACCIDENTES DE TRABAJO.

La Cámara de Diputados convirtió esta noche en ley el proyecto del Poder Ejecutivo que modifica la legislación sobre riesgos laborales vigente desde 1995 y eleva el monto de las indemnizaciones por accidentes de trabajo.

Tras más de ocho horas de debate, el proyecto fue aprobado por 139 votos a favor, provenientes del Frente para la Victoria y sus aliados, en tanto que se registraron 82 en contra, que expresaron al arco opositor; y 2 abstenciones.

Para el inicio de la sesión, el oficialismo alcanzó el quórum con sus propios diputados y bloques aliados, ya que los legisladores opositores, el sindicalista Facundo Moyano, y el titular de la comisión de Legislación del Trabajo, Héctor Recalde, autor de uno de los dictámenes de minoría, se incorporaron al recinto cuando ya había comenzado la sesión.


Estos son los puntos salientes del proyecto impulsado por el Poder Ejecutivo 
-El trabajador percibirá junto a las indemnizaciones dinerarias previstas en este régimen una indemnización adicional de pago único en compensación por cualquier otro daño no reparado por las fórmulas allí previstas, equivalente al veinte por ciento (20%) de esa suma.
-Todas las indemnizaciones se ajustarán semestralmente por RIPTE, (Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables), que es el índice que mejor refleja la evolución de los salarios.
-Fija un régimen de “opción excluyente” entre la indemnización establecida por la ley o la demanda judicial. Se establece un plazo de 15 días a partir del accidente como máximo para que el trabajador cobre la indemnización.
-Para la acción civil, se estableció la competencia civil y se acotaron los honorarios profesionales, según un régimen similar al vigente en la Ley de Contrato de Trabajo (hasta 25 por ciento), excluyendo el pago de cuota litis, tal como viene ocurriendo en materia de accidentes de trabajo.
-Dentro del juicio civil, si lo hubiera, la ART también paga su parte.
-El empleador puede contratar seguro por responsabilidad civil.
-La Superintendencia de Seguros de la Nación y la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) establecerán los indicadores que las ART tendrán en cuenta para establecer su régimen de alícuotas.


http://www.ignacioonline.com.ar/2012/10/diputados-aprobo-el-proyecto-que.html

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