sábado, 30 de abril de 2016

Bronca contra Cavalieri: empleados de comercio denuncian aumento ilegal del bono de OSECAC y servicios médicos deficitarios

Subieron un 900 por ciento (de 4 a 35 pesos) y no les dan comprobantes de pago que permitirían avanzar en la justicia. También se les empezó descontar compulsivamente 100 pesos por mes, para la obra social. Una verdadera “danza de los millones” que maneja discrecionalmente el eternizado dirigente gremial.


Armando Oriente Cavalieri, el eterno secretario general del gremio de Empleados de Comercio, cada tanto se encuentra envuelto en escándalos: un largo historial que incluye recurrentes acusaciones por hechos de corrupción y aprietes a periodistas y sindicalistas opositores, entre otros episodios de una lista interminable. Ahora, un nuevo capítulo lo pone en la “picota”: cientos de empleados de comercio denuncian el cobro indebido e ilegal del bono solidario de la obra social OSECAC, servicios médicos deficitarios y el descuento compulsivo de $ 100 mensuales bajo el convenio colectivo también para la obra social.

Teniendo en cuenta que ese universo cubre algo más de un millón de asalariados, estamos hablando de una suma de algo más de 1.200 millones de pesos anuales.

Además, pocos días después la conducción del gremio definió que los bonos que deben comprar los empleados para acceder a las prestaciones médicas de OSECAC tuvieran un incremento de casi el 900%, pasando de $4 a $35 (en algunos casos denuncian montos mayores). De esta manera, estamos hablando de otra suma millonaria de la cual no se tiene registro ni control, ya que los empleados de comercio denuncian que no reciben recibos o comprobantes.

A esto hay que sumarle que cuando llaman a la Superintendencia de Salud, desde ese organismo les informan que no deben cobrarles más de $ 10 (Resolución 201/2002 del Ministerio de Salud), pero al no tener constancia del pago, no pueden avanzar en la justicia.

El reclamo también estalló como consecuencia de que paralelamente, Cavalieri, cerró un acuerdo paritario bajísimo (tan solo 20%), en un contexto inflacionario casi descontrolado. Las quejas se suman día a día a través de redes sociales, petitorios y, sobre todo, una importante entrega de volantes por todo el

En el texto de esta última iniciativa se pueden leer términos y acusaciones muy duras hacia Cavalieri y el directorio de OSECAC. “¿Quién decidió el aumento del bono? ¿El que tiene Apart Hotel en Merlo San Luis y Mar del Plata? ¿Los socios proveedores? ¿Los gerentes que entraron pobres (a Osecac) y hoy viven en barrios privados, tienen yates y no tienen afiliados atrás?… ¿Los socios de San Patricio Construcciones S.A. (el abogado Tomassone), Zachera (auditor independiente?!!), Carizzoni (vicepresidente de Osecac…”, dice el texto que lleva la firma “Empleados de Comercio Peronistas”.

Las quejas se incrementan día a día también a través de los medios digitales. Cada vez que se publica una noticia que tiene como protagonista a Cavalieri, enseguida aparecen comentarios de indignación por parte de empleados de comercio.

Una caja enorme en manos de Cavalieri

El gremio de Comercio, el más populoso del país y el que cuenta con la caja más importante de la Argentina, tiene un largo historial de tramitar ardides para financiarse compulsivamente a través de los acuerdos con las cámaras empresariales, sin necesidad de hacer trabajo gremial.

El propio Cavalieri hace años introdujo en su sector el uso de uno de los mecanismos de recaudación que más se extendió posteriormente en el mundo gremial. Incluyó en el convenio un punto por el cual los trabajadores de la actividad no afiliados son obligados a aportar el 2 por ciento de su sueldo al sindicato.

Ese pago, que no les da derecho a participar gremialmente, ni a votar en las elecciones, termina siendo uno de los ingresos más generosos del sindicato.

Esos ingresos representan, además, un desaliento a las campañas de afiliación y una declaración de “paz social” a los empleadores, que prefieren pactar esas sumas en las negociaciones paritarias a tener que enfrentar empleados organizados en sus instalaciones.

http://gestionsindical.com/bronca-contra-cavalieri-empleados-de-comercio-denuncian-aumento-ilegal-del-bono-de-osecac-y-servicios-medicos-deficitarios/

jueves, 28 de abril de 2016

Ley "antidespidos" 10 claves del proyecto aprobado por Senadores

La Cámara de Senadores aprobó el proyecto de ley que declara la emergencia ocupacional, tanto en el sector privado como en el estatal, para frenar por seis meses los despidos y las suspensiones.

El proyecto obtuvo 48 votos a favor y 16 en contra, ya que fue apoyado por todas las bancadas de la oposición tras un debate que duró casi seis horas.

Ahora, la iniciativa tendrá que ser aprobada sin modificaciones para que sea convertida en Ley. De lo contrario, debería regresar a la Cámara alta.


Puntos destacados del proyecto que cuenta con media sanción del senado

1. EMERGENCIA OCUPACIONAL. Se declara la emergencia pública en materia ocupacional por el término de 180 días en todo el territorio nacional.

2.  VIGENCIA. De aprobarse, la ley entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

3. PROHIBICIÓN DE DESPIDOS. Se prohíben por ese término de 180 días los despidos o suspensiones de trabajadores, sin justa causa, tanto en el ámbito público como en el ámbito privado.

4. Se aplicará a todos los trabajadores, sin importar la modalidad contractual.

5. En caso de producirse despidos los trabajadores afectados podrán optar por accionar judicialmente por su reinstalación en el puesto de trabajo con más el pago de los salarios de tramitación hasta su efectiva reincorporación, o convalidar la extinción del vínculo.

6. Los empleadores deberán realizar las contribuciones y los aportes que hubieren correspondido efectuar por los trabajadores afectados.

7. La acción de reinstalación y cobro de salarios  caídos tramitará por el procedimiento sumarísimo previsto por el artículo 498 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación o sus equivalentes en cada jurisdicción, ordenándose cautelarmente la reinstalación hasta que recaiga sentencia definitiva.

8. La convalidación de la extinción dará derecho al trabajador a recibir el doble de las indemnizaciones emergentes por el despido incausado.

9. Lo dispuesto no resultará aplicable a las contrataciones celebradas con posterioridad a su entrada en vigencia.

10. Establecerse la continuidad automática, en idénticas condiciones, de todas las contrataciones de personal por plazo determinado efectuadas en todo el sector público nacional cuyo vencimiento opere en los 180 días posteriores a la entrada en vigencia de esta ley, las que mantendrán su vigencia hasta el cumplimiento del plazo mencionado precedentemente.

http://www.ignacioonline.com.ar/2016/04/ley-antidespidos-10-claves-del-proyecto.html

Empleados de Comercio: liquidación Abril 2016 con aumento + excel

Ejemplo de liquidación Abril 2016 para Empleados de Comercio con incremento del 20%. Según el acuerdo salarial firmado en marzo pasado.

El pasado 17 de marzo, gremio y cámaras de comercio acordaron en el marco de la paritaria de Empleados de Comercio, la pauta salarial para el 2016. (ver acuerdo).

En sus aspectos principales, se establece un aumento de los básicos de convenio del 20% a partir de abril de 2016 hasta el 30 de septiembre. La base de cálculo, en todos los casos, serán las escalas salariales del convenio vigente al mes de marzo de 2016.

Además, se convino el pago de una suma fija , extraordinaria, excepcional, por única vez de $2.000, que se hará efectiva dos pagos no remunerativos de $1.000 que se harán efectivos entre el 1º y el 7 de abril y entre el 1º y 7 de junio respectivamente.
También, se estableció un aporte a OSECAC de $100 mensuales que será retenido por el empleador a partir del mes de abril, solo a los afiliados a esa obra social.

Liquidación Abril

Para en la liquidación de haberes de abril debemos aplicar el 20% de incremento salarial sobre los básicos de convenio vigentes hasta el mes pasado.

Además, debemos tener en cuenta la primera cuota de $1.000 que se pagó en la primera semana de abril y corresponde a la liquidación de este mes.

Veamos la liquidación

Liquidación Abril 2016

Datos para la liquidación
Categoría: Administrativo A
Básico Marzo 2016: $10.048,73
Básico Abril 2016: $13.089,12
Tipo de Jornada: Completa
Antigüedad: 10 años
Obra Social: O.S.E.C.A.C.
Afiliado al Sindicado: No

Solución Propuesta 
Empleados de Comercio: liquidación Abril 2016 con aumento + excel


Conceptos Remunerativos

Básico  $ 13.089,12

El acuerdo establece un 20% de incremento que se abonará en forma remunerativa a partir del mes de abril

A tal efecto, se tomará como base de cálculo para la aplicación de dicho incremento, la suma resultante de la escala salarial convencional correspondiente para cada categoría, en el valor expresado para el mes de marzo de 2016.


Con estos datos, determinemos el incremento salarial del primer tramo, que para nuestro caso es para un empelado de Categoría Administrativo A jornada completa.

El cálculo será el siguiente:

Básico Marzo 2016  Administrativo A: $ 10.907,60

10.907,60 + 20 % = $ 2.181,52--- > incremento

Básico Abril 2016  Administrativo A: $ 13.089,12

$13.089,12 es el nuevo básico, aunque en la Escala Salarial publicada por FAECyS el valor es de $13.088,83. Supongo que la diferencia se debe a acumulaciones de centavos que se fueron dando en los sucesivos aumentos.

Antigüedad: $ 1.308,91

Para este caso, la antigüedad del empleado es de 10 años, por lo que el adicional por ese concepto será del 10%. Recordemos que el adicional por antigüedad es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad. Entonces:

10.048,73 x 10 x 1% = 1.004,87

Asistencia y Puntualidad: $ 1.199,84

Según lo establecido en artículo 40 del CCT 130/75 el adicional por Asistencia y Puntualidad es la DOCEAVA parte de las remuneraciones del mes, en este caso las remuneraciones del mes son el Básico + Antigüedad.

(13.088,83 + 1.308,914 ) / 12 = 1.199,84

Gratificación Extraordinaria Acuerdo

Además del incremento del 20%, el acuerdo estableció por única vez (punto para discutir), una gratificación extraordinaria y excepcional de carácter no remunerativo, de $ 2.000.  Según el acta, dicha gratificación no será tenida en cuenta como base de cálculo para cualquier rubro o concepto salarial cualquiera sea su modalidad de cálculo o devengamiento, o indemnizatorio (otro punto para discutir).

Dicha gratificación se liquidará bajo la denominación "Gratificación Extraordinaria Acuerdo 2016", o similar, y se abonará en dos cuotas iguales:

$ 1.000 que se pagarán del 1º al 7 de abril de 2016
$ 1.000 que se pagarán del 1° a 7 del junio de 2016.

Carácter porporcional: Para el caso de trabajadores que laboren en tarea discontinua o a tiempo parcial o bajo el régimen de jornada reducida,legal o convencional, esta gratificación será proporcional a la jornada laboral cumplida. Por ejemplo, quienes trabajen media jornada, cobrarán $500

Condición para cobrar la gratificación: Será condición para la percepción de esta gratificación, que el trabajador incluido tenga relación laboral vigente al tiempo del pago de cada cuota. (abril y junio de 2016).

Liquidación

Quienes hayan realizado un recibo por separado, no deberán incluirlo en el recibo del resto del salario, ahora quienes hayan realizado el pago como un anticipo, deberán incluirlo en el recibo, descontando el pago realizado.

Declaración Jurada No remunerativos

Por su condición de "no remunerativa" la gratificación extraordinaria debe informarse en la Declaración Jurada no remunerativa (DJNR). La resolución que homologó el acuerdo es la Resolución 62/2016 de la Secretaría de Trabajo.

Descuentos

Para cualquier de las tres opciones los descuentos son los mismos, y como el incremento salarial es REMUNERATIVO, por lo tanto debemos realizar todos los descuentos.

Entonces calculamos:
11% de Jubilación
3% de Obra Social
3% según Ley 19.032
2% de Aporte Solidario y OBLIGATORIO con destino al Sindicato de Empleados de Comercio. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
0,5% de Aporte Solidario OBLIGATORIO con destino a FAECyS. Esté el empleado afiliado o no al sindicato.  (según el Art. 100 del CCT 130/75)
2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
Aporte OSECAC
Aporte de $100 con destino a la O.S.E.C.A.C.
A partir de abril 2016, y mientras dure la vigencia del acuerdo, los empleadores deberán retener solamente a los empleados afiliados a la Obra Social de Empelados de Comercio (OSECAC) un aporte de $100.

Hasta aquí el desarrollo del ejemplo, que si bien es para un Administrativo A, el mecanismo es el mismo para todas las categorías.  No tuve en cuenta los feriados del mes para hacer más sencilla la explicación.

Planilla Excel

El caso planteado sirve de guía para cualquier otra categoría. Les dejo una planilla excel para donde se pueden estimar los cálculos para cada categoría.

http://www.ignacioonline.com.ar/2016/04/empleados-de-comercio-liquidacion-abril-2016-con-aumento-excel.html

sábado, 23 de abril de 2016

Negociación contrarreloj para evitar el veto: el PRO y Massa buscan nuevo proyecto de emergencia laboral "light"

En medio de los temores del sector empresario por un posible aumento de la "industria del juicio", existen intensas gestiones para lograr una iniciativa alternativa. Tanto el Gobierno como una parte de la oposición peronista harían concesiones y buscarían evitar una situación de choque
La oposición impone su proyecto de ley de la doble indemnización pero ya sobrevuela "el fantasma del veto" Macri volvió a apuntar contra el proyecto de "doble indemnización" y aseguró que "aleja la inversión"

Nueva York: Firman ley que garantiza estabilidad a empleados de supermercados

Firman ley que garantiza estabilidad a empleados de supermercados En adelante, cualquier trabajador podrá denunciar la violación de esta ley presentando una queja ante el Departamento de Asuntos del Consumidor.
La legislación beneficia a unos 50,000 trabajadores de la industria de alimentos de NYC  


Comodoro: Descartan que Comodoro se adhiera a que los supermercados cierren los domingos

En Trelew se lanzó una consulta para decidir si se adhiere o no al cierre de supermercados e hipermercados los domingos.
¿Sin supermercados e hipermercados los domingos? Esa es la propuesta sobre la cual empleados y empresarios deberán dar a conocer su postura a partir de una consulta que impulsa adelante el Sindicato de Empleados de Comercios (SEC) de la ciudad de Trelew, a cargo de Alfredo Beliz.

La propuesta fue impulsada a nivel nacional por la Confederación Argentina de la Mediana Empresa y la Cámara Argentina de Comercio con el objetivo de garantizar el descanso dominical de los trabajadores y además, generar condiciones más ventajosas para los pequeños comercios. La ciudad más reciente en adherir – solo hace 3 días – fue la ciudad de Rosario.

Desde el Centro de Empleados de Comercio de Comodoro Rivadavia, Leonardo Forte, descartó - en diálogo con El Patagónico - que el gremio local esté haciendo una evaluación similar para adherir a esta iniciativa.

En tal sentido, argumentó que por el momento, no se evalúa a raíz de que hay una "disyuntiva" entre los mismos trabajadores, ya que los domingos se pagan dobles y ello hace una diferencia en el salario. Por lo que aseguró, que para avanzar en algo así, previamente debe haber un consenso con todos los trabajadores.

Hace más de 2 años desde el gremio local se elevó un proyecto a la Cámara de Diputados con esta idea, sin embargo, preveía inicialmente trabajar media jornada, es decir, hasta las 13 horas, pero la iniciativa no prosperó.

http://www.elpatagonico.com/descartan-que-comodoro-se-adhiera-que-los-supermercados-cierren-los-domingos-n1478081

ESTADOS UNIDOS: Pidió una torta con un mensaje en un supermercado y lo discriminaron

Un pastor religioso de una comunidad gay encargó una tarta con el mensaje 'Love Wins', el amor triunfa, un lema del movimiento LGTBI en Estados Unidos. El protagonista, Jordan Brown, había pedido un pastel que dijera "Love Wins" , que significa "El amor gana", sin ambargo acusa que en el supermercado alguien agregó la palabra "Fag", traducido como "maricón", por lo que denunció a la empresa.


Chile: Trabajadores de supermercados Unimarc inician huelga legal en Bío Bío y Malleco

Con la finalidad de conseguir una serie de mejoras laborales, más de 200 trabajadores de la cadena de supermercados Unimarc, en las provincias de Bío Bío y Malleco, iniciaron este lunes una huelga legal. Esto tras no llegar a un acuerdo con la empresa.