jueves, 29 de septiembre de 2016

Día del Empleado de Comercio y franco compensatorio

Ese día no se se podrá otorgar como franco compensatorio del descanso semanal.


El 26 de septiembre de cada año se celebra el Día del Empleado de Comercio. Según la norma, el DÍA DEL EMPLEADO DE COMERCIO, será día asimilable a un feriado para todos los empleados de la actividad. Por lo que los mismos durante ese día no prestaran labores, y los efectos legales son los mismo que cualquier feriado nacional.

Ese día, lunes 26 de septiembre no se podrá otorgar como franco compensatorio del descanso semanal.

http://www.ignacioonline.com.ar/2016/09/dia-del-empleado-de-comercio-y-franco-compensatorio.html

5 comentarios:

  1. Hola.. a mi me dieron Franco compensatorio semanal. El lunes 26/09. Corresponde que me abonen como feriado.

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    1. hola aca te mando una nota que responde todas tus dudas, es muy completa
      http://www.ignacioonline.com.ar/2016/09/alcances-del-dia-del-empleado-de.html

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  2. Otra consulta, si trabajamos en un día feriado como se liquida. Y en el caso de no trabajarlo, corresponde el pago de día feriado. Muchas gracias

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  3. Otra consulta, si trabajamos en un día feriado como se liquida. Y en el caso de no trabajarlo, corresponde el pago de día feriado. Muchas gracias

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  4. Hola.. a mi me dieron Franco compensatorio semanal. El lunes 26/09. Corresponde que me abonen como feriado.

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