jueves, 2 de enero de 2014

Empleados de Comercio: liquidación Diciembre 2013 con feriados

LIQUIDACIÓN DE HABERES PARA EL MES DE DICIEMBRE DE 2013 CON LOS FERIADOS DEL 8 Y 25 DE DICIEMBRE.

Excepto por el aguinaldo, la liquidación de Diciembre de 2013 de Empleados de Comercio es igual a la liquidación del mes de noviembre, cuando aplicamos el segundo y último tramo del aumento establecido en el último acuerdo salarial de mayo. Dicho incremento fue del 10% sobre los básicos del mes de Mayo 2013.

Cómo es habitual, a manera de ejemplo, desarrollaré un caso muy sencillo para liquidar el mes de diciembre. En este caso sin tener en cuenta el aguinaldo, que ya vimos como liquidarlo en un artículo anterior.  (Ir al ejemplo de liquidación de SAC).

Datos para la liquidación
Categoría: Administrativo A
Básico: $ 5.276,22
Tipo de Jornada: Completa
Antigüedad: 5 años
Obra Social: O.S.E.C.A.C.
Afiliado al Sindicado: No
No trabajó los feriados del 8 y 25 de diciembre

Solución Propuesta




Conceptos Remunerativos

Básico:  $ 4.924,47

El básico para el mes de diciembre de 2013, es el mismo desde el mes de mayo, lo podemos lo podemos buscar en la escala para cada categoría (ver escalas por categoría y jornada). Para el caso de un Administrativo A es de $ 5.276,22.

Ahora, para determinar el monto para los días normales trabajados en el mes, calculamos el valor día:

5.276,22 / 30 = 175,87

y lo multiplicamos por la cantidad de días, en este caso 28:

175,87 x 28  = $ 4.924,47

Feriados no trabajados: $422,10

El empleado no trabajó los feriados 8 y 25 de diciembre. Veamos la forma de cálculo:

5.276,22 / 25 = 211,05   por el feriado

o lo que es lo mismo, sumarle un 20% al valor día normal 175,87 + 20% = 211,05


Ese 20% que se obtiene es lo que algunos denominan "plus por feriado."

En este caso como son dos los días feriado, lo multiplicamos por 2:

211,05 x 2 = 422,10

Antigüedad: $267,33
Es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad. En este caso son 5:

4924,47 + 422,10 x 5 x 1% = 267,33

Asistencia y Puntualidad: $467,82

Según lo establecido en el  Artículo 40 del CCT 130/75, es la doceava de las remuneraciones del mes, para este caso

( 4.924,47 + 422,10 + 467,82 ) / 12 = 467,82

Conceptos No Remunerativos


Acuerdo mayo 2013: $1.181,87

Como vimos al comienzo, desde noviembre se aplica el segundo tramo de aumento del 10% del acuerdo mayo con carácter no remunerativo, que sumando al 14% otorgado de mayo a octubre,  suma un total de 24%. Y al igual que el 14%,  se debe calcular sobre el básico de  la categoría del mes de mayo de 2013 .

Base de cálculo  para el mes de mayo de 2013 Administrativo A : $ 5.276,22  

5.276,22  x 24% = 1.266,29

Ahora, para determinar el monto para los días normales trabajados, calculamos el valor día:

1.266,29 / 30 = $ 42,21

y lo multiplicamos por la cantidad de días, en este caso 28:

42,21 x 28 = $ 1.181,87

Feriados no trabajados: $101,30

Al igual que como hicimos con las sumas remunerativas, debemos determinar el valor del día feriado sobre el acuerdo no remunerativo.

Veamos la forma de cálculo:

1266,29 / 25 x 2 =  101.30  por los dos feriados

Asistencia y puntualidad: $106,93

Al igual que con los conceptos remunerativos, se determina calculando la doceava parte de las sumas no remunerativas.

(1.181,87 + 101,30) / 12 = 106,93 

Descuentos
Sobre las sumas Remunerativas se calcula:
11% de Jubilación
3% de Obra Social
3% Según Ley 19.032
2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
Sobre las sumas no remunerativas se calcula:
3% de Obra Social
2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
Hasta aquí el desarrollo del ejemplo, tomé un caso simple, sin adicionales ni items a cuenta de futuros aumentos, horas extras ni sumas variables, es al solo efecto de explicar de la manera mas sencilla este nuevo acuerdo.

Espero haberme explicado correctamente y no haberme equivocado en la interpretación ni en los cálculos.

http://www.ignacioonline.com.ar/2013/12/Empleados-de-Comercio-liquidacion-sueldo-Diciembre-2013-con-feriados.html

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