En los días feriados rigen las condiciones del descanso dominical, prohibiéndose el trabajo en esos días, quien excepcionalmente tenga que brindar servicios, cobra un adicional sobre su sueldo. El trabajador no está obligado a prestar servicios. Pero hay excepciones.
Un feriado nacional es un día en el que se celebra o conmemora un episodio o hecho heroico, festividad religiosa, natalicio o fallecimiento de un prócer. En el día establecido como feriado nacional, la ley establece una inactividad generalizada.
En cambio, el día “no laborable” es el empleador el que determina si abre o no el establecimiento, en caso de trabajar en forma habitual, los trabajadores tienen el deber de prestar servicios y no cobran ningún adicional. Si el titular del establecimiento decidiera no brindar servicios, los trabajadores no concurren a trabajar y no se ve afectado el salario de ese día.
¿Es obligación trabajar en un día feriado?
No, ya que el sentido del feriado es permitir al trabajador participar de la celebración correspondientes al día conmemorativo en cuestión. Pero hay excepciones para ciertas actividades.
Como por ejemplo, las actividades relacionadas al esparcimiento como cines, shoppings, lugares gastronómicos, etc, así como la prestación de servicios esenciales, como la salud, seguridad y transporte, entre otros.
Si bien en esos casos, el trabajador no puede negarse a prestar servicio, tiene derecho a cobrar el día de trabajo más un adicional igual.
La realidad
En días feriados no dispone trabajar el empleador que quiere, sino el que puede. Aunque en nuestro país no se controla con mayor rigidez; no todos las empresas pueden imponer el trabajo en domingos o feriados (en los días feriados rigen las del descanso dominical, prohibiéndose el trabajo en esas jornadas). Tiene que tratarse de actividades exceptuadas, quien excepcionalmente tenga que brindar servicios cobra un adicional sobre su sueldo. El trabajador no está obligado a prestar servicios, cuando la actividad no está exceptuada.
¿Corresponde dar descanso compensatorio?
No. Esta es la opinión unánime de la doctrina y la jurisprudencia, aunque el texto de la ley no coincide exactamente con ese criterio (pero la ley es lo que los jueces di cen que es).
¿Qué diferencia tiene con un día no laborable?
En el día establecido como feriado nacional, la ley establece una inactividad generalizada. El día “no laborable” es el empleador el que determina si abre o no el establecimiento, en caso de trabajar en forma habitual, los trabajadores tienen el deber de prestar servicios y no cobran ningún adicional. Si el titular del establecimiento decidiera no brindar servicios, los trabajadores no concurren a trabajar y no se ve afectado el salario de ese día.
¿Cómo es el pago de un día feriado?
En caso que se presten servicios en tales días, cobraran la remuneración normal de los días laborales más una cantidad igual (un día más).
http://www.ignacioonline.com.ar/2015/10/es-obligacion-trabajar-en-un-dia-feriado.html
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