Cuándo se cobra la una asignación no remunerativa de $1.524. Empleados de Comercio CCT 130/75.
El acuerdo salarial de fecha 21 de mayo de 2015, firmado por la la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), y las cámaras empresariales del sector, estableció en su artículo segundo, otorgar por única vez, con carácter extraordinario y excepcional, una asignación no remunerativa de $3.048, a pagarse en dos cuotas iguales.
La primera de ellas se liquidará con los haberes de julio 2015, y la segunda con los haberes de septiembre de 2015.
Por lo tanto, las sumas se cobrarán:
$ 1.524 con los haberes del mes de Julio de 2015, se cobra los primeros días de AGOSTO.
$ 1.524 en septiembre de 2015, se cobra los primeros días de OCTUBRE.
Carácter proporcional
Para aquellos trabajadores ingresados durante el mes correspondiente a la liquidación y pago de cualquiera de las dos cuotas pactadas, el importe de cada cuota se abonará en forma proporcional a los días efectivamente trabajados en dicho mes. Esta asignación de pago único en ningún caso se agregará a las escalas salariales ni modificará las mismas.
Jornada parcial. Para el caso de trabajadores que laboren en tarea discontinua o a tiempo parcial o bajo el régimen de jornada reducida, el monto de la asignación resultante será proporcional a la jornada laboral cumplida. También serán proporcionales a la jornada cumplida los básicos y los adicionales resultantes de los mismos
Esta asignación de pago único, en ningún caso, se agregará a las escalas salariales, ni modificará las mismas.
http://www.ignacioonline.com.ar/2015/07/empleados-de-comercio-cuando-se-cobran-los-1524-pesos.html
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