Empleados de Comercio: liquidación noviembre 2014. Pago $1200
Ejemplo de liquidación noviembre 2014 para Empleados de Comercio. Pago asignación no remunerativa de $1.200.
En la liquidación de noviembre tenemos como novedad el pago de la segunda y última cuota de la asignación no remunerativa de $1200, la primera ya fue abonada en julio.
Recordemos que el punto 2 del acuerdo salarial firmado en abril pasado, se convino el pago de una suma fija , extraordinaria, excepcional, por única vez, no habitual ni permanente, de $2400 , de carácter no remunerativo. La misma, se abonará en dos cuotas iguales de $1200 cada una en los meses de julio y noviembre.
Datos para la liquidación
Categoría: Administrativo A
Básico noviembre 2014: $ 8.588,679
Tipo de Jornada: Completa
Feriado 24 de noviembre: no trabajó
Antigüedad: 5 años
Obra Social: O.S.E.C.A.C.
Afiliado al Sindicado: No
Solución Propuesta
Conceptos Remunerativos
Básico $ 8.588,67
Desde septiembre, en que se aplicó el segundo y último tramo de aumento, el básico para la categoría Administrativo A es de $ 8.588,67. (ver liquidación Septiembre 2014)
También puede ver las escalas salariales para todas las categorías AQUÍ
Antigüedad: $429,43
Es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad.
8.588,67 x 5 x 1% = 429,43
Asistencia y Puntualidad: $751,51
Según lo establecido en el Artículo 40 del CCT 130/75, es la doceava de las remuneraciones del mes, para este caso, el cálculo sería:
(8.588,67 + 429,43 ) / 12 = $ 751,51
Feriado Trabajado: $390,78
El 20 noviembre "Día de la Soberanía Nacional" se traslada como feriado al lunes 24 de noviembre. Para este caso en particular, el empleado no ha prestado servicios, veamos como liquidarlo:
El artículo 169 de la LCT determina la manera de determinar el salario para trabajadores que no prestan servicios durante el día feriado. Se debe liquidar según, remitiendo su tratamiento al artículo 155 de la misma ley. Recordamos que este artículo dispone la forma de calcular el salario del trabajador durante el período de vacaciones. Por consiguiente:
Los trabajadores mensualizados cobrarán, por el día feriado, el importe mensual dividido por 25. Lo que nos genera un incremento en valor día, lo que se denomina "plus por feriado".Vamos al ejemplo:
Primero restamos el día que el empleado no trabajó en base 30:
(8.588,67 + 429,43 + 751,51) / 30 = 325,65
Pero como los feriados son pagos, sumamos 1 día, pero calculado en base 25:
(8.588,67 + 429,43 + 751,51) / 25 = 390,78
La diferencia es lo que comúnmente se llama plus por feriado, y no es otra cosa que el 20% sobre un día normal:
325,65 x 1,20 = 390.78
Feriado trabajado: El artículo 166 de la LCT, en el segundo párrafo, establece la forma de cálculo para los trabajadores que se desempeñan los días feriados. Cuando el trabajador prestara servicios en el día feriado cobrará la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual.
Asignación no remunerativa $ 1.200
Como vimos más arriba, el acuerdo abril 2014 pactó por única vez, con carácter extraordinario y excepcional una asignación no remunerativa de $2.400 a pagarse en dos cuotas iguales de pesos $1200 cada una de ellas, en los meses de julio y noviembre de 2014.
Por lo tanto, debemos liquidar para el mes de noviembre de 2014, la segunda y última cuota de la "Asignación no remunerativa".
No proporcional a la jornada
Para el pago de la primera cuota generó polémica respecto si se debería pagar en forma proporcional o no. Por un lado, la FAECyS planteaba que los trabajadores a jornada parcial deberían cobrar los $1.200 en su totalidad, sin proporcionar la suma a la jornada trabajada, y por por otro lado, las cámaras empresarias planteaban lo contrario, que los $1.200 se deberían pagar de manera proporcional.
Finalmente, luego de la intervención del Ministerio de Trabajo, primó el derecho laboral, y las partes representativas de la actividad arribaron a un nuevo Acuerdo convencional, en donde se establece que aquellos empleadores que hubieran abonado de manera incompleta la primera cuota de la referida asignación no remunerativa deberán abonar la diferencia hasta completar la suma de $ 1.200 con la liquidación de salarios correspondientes al mes de octubre de 2014.
Y además, se aclara que la segunda cuota de $ 1.200 se deberá abonar de manera íntegra conjuntamente con los salarios de noviembre de 2014, independientemente de la extensión de la jornada laboral.
DJNR
La Asignación no remunerativa debe ser informada en la DJNR. Recordemos que el acuerdo fue homologado mediante la Resolución 626/14 de la secretaría de Trabajo de la Nación.
Descuentos
Sobre lo remunerativo calculamos:
11% de Jubilación
3% de Obra Social
3% según Ley 19.032
2% de Aporte Solidario y OBLIGATORIO con destino al Sindicato de Empleados de Comercio. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
0,5% de Aporte Solidario OBLIGATORIO con destino a FAECyS. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
Sobre la Asignación no remunerativa $1200
No lleva ningún descuento, ni aportes ni contribuciones. A diferencia de acuerdos anteriores, en donde los aumentos supuestamente no remunerativos llevaban descuento de obra social y sindicato. En este caso la asignación hace honor a su nombre y no lleva descuento de ninguna naturaleza.
http://www.ignacioonline.com.ar/2014/11/empleados-de-comercio-liquidacion-noviembre-2014.html
Se paga o no el bono de fin de año? Dicen que la Coope, quiere descontar , si hay un bono, los 1200 que se pagaron acordados en las paritarias... Si es asi, ya mismo me voy del sindicato, y espero que donde estoy, unos cuantos me acompañen... Asi que espero que del bono de 2500, si nos dan , no nos descuenten nada. Y el sindicato, por una vez, piense en los trabajadores, que somos los que les damos de comer, por eso muchos sindicalistas cambiaron tanto de autos.
ResponderEliminarAlgunas patronales plantearon lo q vos decis, otras plantearon q el bono eran los 1200 $ q tenian q dar, y otras estan aflojando bono, pero depende de la negociacion que hagan por seccional y tambien por empresa, No hubo un pedido ni monto unificado lamentablemente. Ojala no les descuenten nada, y si lo hacen a luchar compañeros
ResponderEliminarGracias Juan! por aca todavia nada, siempre lo mismo, primero arreglan sus numeros, y despues los nuestros. Ya bastante que no me pagan un puto feriado ni los dias por enfermedad. Y los defensores de los trabajadores siguen de brazos cruzados
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